RESOLUCIÓN de 15 de febrero de 2012, del Rectorado de la Universitat Jaume I, relativa a la creación, modificación y supresión de varios ficheros con datos personales en aplicación del artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorUniversitat Jaume I
Rango de LeyResolución

El artículo 20 de la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de los datos de carácter personal, prevé que la creación, modificación o supresión de los archivos de las administraciones públicas únicamente podrán realizarse mediante disposición general publicada en el Boletín Oficial del Estado o diario oficial correspondiente.

En cumplimiento de este mandato legal, el Rectorado de la Universitat Jaume I de Castellón resuelve:

Primero

Aprobar la creación de los ficheros que se indican en los anexos I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII de esta disposición.

Segundo

Aprobar la modificación de los ficheros que se indican en los anexos IX, X, XI y XII de esta disposición.

Tercero

Aprobar la supresión de los ficheros que se indican en los anexos XIII, XIV y XV de esta disposición.

Cuarto

Para garantizar la seguridad de los datos de carácter personal de los ficheros relacionados en los anexos y asegurar su utilización para las finalidades para las que fueron recogidos, los servicios responsables internos indicados en el anexo ejecutarán las medidas necesarias de índole técnica y organizativa.

Quinto

Los derechos de acceso a los archivos mencionados, y también los otros que la ley reserva a los afectados por los tratamientos de datos de carácter personal, los pueden ejercer las personas afectadas ante el servicio responsable interno que se indica en el anexo, en la forma reglamentaria establecida. Este responsable trasladará las solicitudes a la Secretaría General, que adoptará la resolución que corresponda.

Sexto

En los casos en los que se prevea la necesidad de comunicar datos personales a terceras personas, los servicios responsables internos de los tratamientos solicitarán la autorización de la Secretaría General, a través del mecanismo interno establecido, y advertirán expresamente a los cesionarios de su obligación de dedicar los datos exclusivamente a la finalidad para la que se ceden.

Séptimo

Esta resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Castellón de la Plana, 15 de febrero de 2012.- El rector: Vicent Climent Jordà.

ANEXO I

GESTIÓN ACADÉMICA

Tipo de resolución: Creación

Finalidad: Gestión administrativa y académica del expediente académico de las personas que han cursado sus estudios en la Universitat Jaume I de Castellón. Control de asistencia a clases, de acceso a instalaciones, de acceso a recursos electrónicos en línea, seguimiento

de calificaciones, comunicación con el estudiantado y elaboración de

estadísticas universitarias.

Personas o colectivo sobre los que se pretende obtener datos o resultan obligados a suministrarlos: Estudiantado o titulados o tituladas de la Universitat Jaume I.

Procedimiento de recogida de datos: La persona afectada, otras administraciones públicas del ámbito educativo.

Estructura básica del archivo automatizado y descripción de los datos que contiene: estructura base de datos relacionados. Tipo de datos:

- De carácter identificador.

- De titulaciones académicas.

- Estadísticas.

Sistema de tratamiento: Mixto.

Cesiones de datos que se prevén: Las previstas en las normas vigentes.

Responsable del fichero: Universitat Jaume I.

Responsable interno del tratamiento: Servicio de Gestión de la Docencia y Estudiantes.

Órgano ante el que pueden ejercerse los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Servicio de Gestión de la Docencia y Estudiantes. Universitat Jaume I. Edificio de Rectorado. Campus del Riu Sec. E-12071. Castellón de la Plana. España. Tel. +34 964 38 77 88. Dirección electrónica:

Nivel de seguridad: Medio

ANEXO II

LOGS

Tipo de resolución: Creación

Finalidad: Gestión y control del acceso, uso y seguridad de los sistemas y servicios electrónicos de la Universitat Jaume I. Acreditación del uso de aplicaciones de gestión, navegación por redes y de entrega de mensajes al personal laboral o funcionario de la Universidad a través de la cuenta corporativa de la Universidad. Acreditación del acceso a los sistemas de docencia por parte del estudiantado. Elaboración de estadísticas e informes técnicos.

Personas o colectivo sobre los que se pretende obtener datos o resultan obligados a suministrarlos: Personas que utilizan los sistemas y servicios electrónicos de la Universitat Jaume I de Castellón.

Procedimiento de recogida de datos: Automático.

Estructura básica del archivo automatizado y descripción de los datos que contiene: estructura base de datos relacionados. Tipo de datos:

- De carácter identificador.

- De navegación, de tráfico, de acceso y uso de aplicaciones...

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