ORDEN de 16 de marzo de 2000, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se modifica el catálogo de unidades, la denominación y otros aspectos de determinados centros públicos de Educación Infantil (2n. ciclo), Educación Primaria y Educación Especial, de titularidad de la Generalitat Valenciana. [2000/X2106]    

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Cultura, Educación y Ciencia
Rango de LeyOrden

ORDEN de 16 de marzo de 2000, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se modifica el catálogo de unidades, la denominación y otros aspectos de determinados centros públicos de Educación Infantil (2º. ciclo), Educación Primaria y Educación Especial, de titularidad de la Generalitat Valenciana. [2000/X2106] Por Decreto 233/1997, de 2 de septiembre (DOGV de 08.09.1997), del Gobierno Valenciano, se aprobó un nuevo Reglamento Orgánico y Funcional de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria. De conformidad con lo establecido en su artículo primero, la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, mediante Orden, puede crear o suprimir unidades, así como modificar la red de centros existentes en función de la planificación de la enseñanza. La Orden de 21 de enero de 1997 (DOGV núm. 2.917, del 28.01.1997), de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, actualizó el catálogo de unidades y la relación de puestos de trabajo docente de los centros públicos de Educación Infantil (2º. Ciclo), Educación Preescolar, Educación Primaria y Educación Especial, de titularidad de la Generalitat Valenciana, para el curso 1997-1998. Este catálogo experimentó modificaciones por la promulgación de las órdenes de 22 de abril de 1998 y de 13 de abril de 1999, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia (DOGV núm. 3.232, del 29.04.1998, y núm. 3.481, del 26.04.1999). Para el curso 2000-2001, en el marco de la planificación educativa realizada, las previsiones de escolarización del alumnado de los referidos niveles de enseñanza .y por tanto la posible demanda potencial de puestos escolares-, así como la estimación de distintas solicitudes relacionadas con diversos aspectos de la catalogación de los centros, hace necesario introducir variaciones en el catálogo para que las necesidades previstas estén debidamente atendidas con la dotación de los recursos que pudieran corresponder. Vistas las solicitudes formuladas por los centros docentes públicos. Vistos los expedientes y estudiadas las propuestas efectuadas por las direcciones territoriales de Cultura y Educación de Alicante, Castellón y Valencia. De conformidad con lo establecido en el artículo 1 del Reglamento Orgánico y Funcional de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, aprobado por el Decreto 233/1997, de 2 de septiembre (DOGV núm. 3.073, del 08.09.1997), y, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo...

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