ORDEN 4/2011, de 14 de octubre, de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se aprueba el amojonamiento parcial de la vía pecuaria cañada Real de Almansa que afecta al tramo comprendido entre el cordel de la Noguera y la vereda de Carboneras, en el término municipal de Villena.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

Vista la Orden de 10 de junio de 1997, de la entonces Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública, por la que se aprueba el deslinde parcial de la vía pecuaria cañada Real de Almansa, en el tramo de 19.827 metros de longitud que discurre desde El Ojuelo en el término municipal de Villena (Alicante) hasta la Casita de Miramar en el término municipal de Salinas (Alicante), que se publica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 3045, de 29 de julio de 1997. Asimismo, se acuerda la práctica de su amojonamiento, de acuerdo con la propuesta de deslinde parcial y planos que constan en el expediente de deslinde y cuyas características son las siguientes:

Longitud a amojonar: 6.007,02 m.

Anchura legal: 75 m.

Superficie a amojonar: 450.526,7 m2.

Dicho deslinde se ajusta a la clasificación de las vías pecuarias del término municipal de Villena, que se aprueba mediante Orden ministerial de fecha 24 de enero de 1963 y se publica en el Boletín Oficial del Estado núm. 30, de 4 de febrero de 1963 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante núm. 40, de 16 de febrero de 1963.

Durante la tramitación del expediente se han efectuado las actuaciones procedentes que obran en el mismo. Se da publicidad reglamentaria al acto del apeo, poniéndose en conocimiento de los interesados, se comunica por escrito con los colindantes afectados cuyo domicilio conocido es facilitado por el Servicio de Catastro de Rústica del Ministerio de Hacienda y se inserta el anuncio de inicio de las operaciones de apeo de amojonamiento en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana número 6300, de 30 de junio de 2010; igualmente se comunica a organismos y colectivos interesados. En dicho anuncio, se fija como fecha de comienzo de los trabajos de ejecución material del amojonamiento el día 3 de agosto de 2010. Asimismo, mediante edictos se expuso el anuncio de comienzo de las operaciones de deslinde en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Villena.

La descripción de los trabajos de apeo, así como de cualquier circunstancia relevante ha quedado reflejada en las actas de amojonamiento parcial, de fechas 3 de agosto de 2010, 23 de septiembre, 14 de octubre y 14 de diciembre de 2010.

Finalizadas estas operaciones, el técnico instructor formula la propuesta de amojonamiento parcial, de fecha enero de 2011, cuyo anuncio se publica Boletín Oficial de la Provincia de Alicante núm. 41, de 1 de marzo de 2011, estableciéndose el plazo de un mes desde su publicación para que los interesados pudieran interponer las alegaciones o reclamaciones oportunas.

Asimismo, se da cumplimiento al trámite de audiencia establecido en el artículo 84 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, informando a todos aquellos afectados de la vía pecuaria de la exposición al público del referido expediente, otorgándoles un plazo de 15 días para alegar y presentar todos los documentos y justificantes que estimaran pertinentes.

Presentaron alegaciones Pilar Aparicio Botello, Manuel Pérez Aparicio y Julián Pérez Aparicio y Gustavo Antonio Ruiz Alonso, en representación de Pedro Mejías Real, cuyo contenido se indica más adelante en la presente orden.

Visto el informe del técnico instructor, de fecha 10 de junio de 2011, favorable a la aprobación del amojonamiento parcial de la vía pecuaria cañada Real de Almansa en el tramo comprendido entre el cordel de la Noguera y la vereda de Carboneras, en el término municipal de Villena.

La descripción del tramo amojonado, de acuerdo con la propuesta de amojonamiento parcial, de enero 2011, y planos que figuran en el expediente es la siguiente:

Longitud amojonada: 6.007,02 metros.

Anchura: 75,00 metros.

Superficie amojonada: 450.526,7 metros cuadrados.

Tipo de mojones: mojones de segundo orden y clavos con arandela.

Asimismo, se desestiman las alegaciones de los interesados, cuyo contenido se indica más adelante en la presente orden.

Vista la propuesta del director territorial de Alicante, de fecha 20 de junio de 2011, en la que propone la aprobación del amojonamiento parcial de la vía pecuaria citada, de idéntico sentido al informe mencionado anteriormente, recibida, junto al expediente de deslinde parcial, en la Conselleria en fecha 21 de junio de 2011.

Visto los informes del Servicio de Gestión Forestal, de fechas 11 y 19 de julio de 2011, favorables a la aprobación de amojonamiento parcial de la vía pecuaria referida, en los términos expresados en la propuesta del director territorial de Alicante de fecha 20 de junio de 2011, una vez...

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