ORDEN 39/2013, de 13 de mayo, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases y se convocan subvenciones destinadas a los clubes deportivos de élite de la Comunitat Valenciana con participación en competiciones oficiales internacionales y/o ligas de máxima categoría nacional de deporte no profesional, para el año 2013.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

La Generalitat, según establece el artículo 49.1.28 del Estatuto de Autonomía, tiene competencia exclusiva en materia de deportes. En base a ello resulta oportuno promover el deporte de élite, la competencia deportiva de rendimiento y la excelencia deportiva, y en este sentido se enmarcan las ayudas destinadas a los clubes deportivos de la Comunitat Valenciana que participan en competiciones oficiales de carácter nacional o internacional, objeto de esta convocatoria.

Por ello, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo

47.11 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat,

DISPONGO

Primero

Aprobar las bases por las que se regula la convocatoria de subvenciones a los clubes deportivos de élite.

Segundo

Convocar la concesión de subvenciones a clubes deportivos de élite de la Comunitat Valenciana por un importe global máximo de 413.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 09.03.02.457.10, línea de subvención T2170000, de los presupuestos de la Generalitat para 2013.

Tercero

Las ayudas convocadas por la presente convocatoria no precisan notificación a la Comisión Europea al no reunir los requisitos del artículo 107 del TFUE, según dispone el Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, dado que las entidades a las que van dirigidas las subvenciones no desarrollan actividades económicas en las que se oferten al mercado bienes o servicios, por lo que no existe posibilidad de falseamiento de la competencia.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Se delega en el director general del Deporte la facultad de conceder o denegar estas subvenciones, y se le autoriza para que dicte las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo y ejecución de la citada orden.

Segunda

La presente orden producirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o bien cabrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

  1. El recurso potestativo de reposición deberá interponerse ante la consellera de Educación, Cultura y Deporte, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

  2. El recurso contencioso-administrativo deberá ser interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

    Valencia, 13 de mayo de 2013

    La consellera de Educación, Cultura y Deporte, MARÍA JOSÉ CATALÁ VERDET

    BASES DE LA CONVOCATORIA

    Bases por las que se regula la concesión de subvenciones destinadas a los clubes deportivos de élite de la Comunitat Valenciana con participación en competiciones oficiales internacionales y/o ligas de máxima categoría nacional de deporte no profesional para el año 2013.

    Primera. Beneficiarios

    1.1. Podrán solicitar estas subvenciones los clubes deportivos de la Comunitat Valenciana que cumplan con los siguientes requisitos:

    1.1.1. Estar inscrito en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunitat Valenciana.

    1.1.2. Estar adscrito a la federación autonómica correspondiente.

    1.1.3. Participar con equipos de categoría absoluta o senior, durante la temporada deportiva 2012/2013, en competiciones organizadas por la federación española o internacional correspondiente de las que a continuación se detallan, y no sean organizadas por ligas profesionales:

  3. En el caso de deportes colectivos, y considerando como tales baloncesto, balonmano, béisbol y sofbol, fútbol, fútbol sala, fútbol americano, hockey, rugby, voleibol y waterpolo:

    - Campeonatos de Europa / Competiciones europeas de clubes.

    - Ligas nacionales oficiales de máxima categoría que se celebran por sistema de liga regular, organizada por la federación española correspondiente.

  4. En el caso de deportes individuales:

    - Campeonatos de Europa / Competiciones europeas de clubes.

    - Ligas nacionales oficiales de máxima categoría que se celebran por sistema de liga en las que la competición no se realiza en concentración, sino por un sistema de competición de liga que se desarrolla en varias jornadas separadas en el tiempo e integradas por clubes que hayan ascendido a la máxima categoría nacional la temporada anterior (2011/2012) o permanezcan en la misma, clasificados por sus resultados deportivos y trayectoria de la temporada (2011/2012).

    1.1.4. Todos aquellos otros requisitos que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    Segunda. Objeto y aplicación de las subvenciones

    2.1. Las subvenciones a clubes deportivos objeto de esta convocatoria tendrán como finalidad apoyar la participación del primer equipo del club en competiciones oficiales de carácter nacional e internacional y la tecnificación de todos los equipos de base del club.

    2.2. Las subvenciones a clubes se destinarán a financiar los gastos derivados de la participación de todos sus equipos deportivos en competiciones oficiales, tales como desplazamientos, arbitrajes, alojamiento, manutención, nóminas, así como otros derivados de la gestión y funcionamiento del club.

    2.3. Tanto si el club presenta el presupuesto por temporada deportiva (2012/2013), como si lo hace por año natural (2013), únicamente se financiarán los gastos devengados durante el año 2013.

    Tercera. Solicitudes y documentación

    3.1. Las solicitudes se realizarán mediante instancia dirigida a la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, según el modelo que figura como anexo I de la presente convocatoria.

    La solicitud la firmará la persona que en el momento de presentarla ostente la representación del club deportivo, adjuntando documento que lo acredite, salvo que la acreditación conste en la Dirección General del Deporte.

    3.2. La instancia se acompañará de la siguiente información y documentación:

    1) Certificación de la federación española correspondiente, según el modelo que figura como anexo II de la presente orden, donde se especifique:

    Con relación a la temporada anterior (2011/2012):

    - La clasificación final obtenida por el club solicitante en la liga nacional oficial de la máxima categoría, en la competición de Copa del Rey o Copa de la Reina de ese año y en la competición internacional oficial correspondiente, si hubiere participado.

    Con relación a la temporada actual (2012/2013):

    - Inscripción del club en las competiciones oficiales internacionales y/o de máxima categoría nacional.

    - Calendarios de las competiciones internacionales y/o de la máxima categoría nacional.

    - Sistema de competición establecido en la competición internacional y/o en la de máxima categoría nacional.

    2) Certificado de la federación autonómica correspondiente, según el modelo que figura como anexo III de la presente orden, donde se especifique:

    - Adscripción del club.

    - Relación de equipos de todas las categorías inferiores pertenecientes al club y el tipo de competición o división en el que participan.

    - Relación actual de deportistas con licencia senior o absoluta, que forman parte de la primera plantilla del equipo, especificando número de documento nacional de identidad, lugar de nacimiento, y su condición de Deportista de Elite Nivel A o Nivel B y año en el que se calificó como tal, en los casos que proceda.

    3) Presupuesto económico de ingresos y gastos del club, correspondiente a la temporada deportiva 2012/2013 o al año 2013, y resultado de la liquidación del presupuesto de la temporada 2011/2012 o del año 2012, certificado por el secretario y con el visto bueno del presidente, siempre que no haya sido presentada ya como documentación correspondiente a la convocatoria de subvención del año 2012.

    4) Proyecto deportivo que recoja la información relativa a la estructura organizativa, junta directiva, filosofía, objetivos, actividades, equipos y número de licencias deportivas por categorías del club.

    5) En el caso de deportes individuales, además, relación de deportistas de categorías inferiores a la senior que hayan obtenido una clasificación entre los dos primeros puestos de su categoría en los campeonatos de España en la temporada 2011/2012.

    6) Modelo de domiciliación bancaria en el que conste la titularidad de la cuenta bancaria donde se quiera recibir la subvención solicitada, según el modelo incluido como anexo IV de esta convocatoria. No será necesario si se ha presentado en otra convocatoria de la Dirección General del Deporte de este año, no obstante, deberá indicarse en cuál.

    7) Documentación acreditativa de que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, mediante certificación referida al momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, por el cual se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.

    Para su cumplimentación el beneficiario podrá:

    - Autorizar expresamente a la Dirección General del Deporte para recabar ante los órganos competentes los datos expresivos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias (estatales y comunidad autónoma) y frente a la Seguridad Social, mediante la cumplimentación del apartado F de la solicitud.

    - En el supuesto de no autorización, el beneficiario deberá presentar la certificación de su cumplimiento, excepto cuando ya se hayan presentado, dentro del mismo ejercicio económico, ante la Dirección General del Deporte, en cumplimiento de otra convocatoria de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR