DECRETO 33/2000, de 28 de marzo, del Gobierno Valenciano, sobre medidas para limitar la polinización cruzada entre plantaciones de cítricos. [2000/X2435]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 33/2000, de 28 de marzo, del Gobierno Valenciano, sobre medidas para limitar la polinización cruzada entre plantaciones de cítricos. [2000/X2435] A principios de los años noventa surgieron los primeros problemas en el mercado de cítricos como consecuencia de la presencia de semillas en los frutos destinados al consumo en fresco. En la campaña de 1993 se estableció la obligación de sacar las colmenas de la zona critrícola, con objeto de paliar la situación planteada. En la campaña siguiente, y hasta la actual, se permitió el acceso de las colmenas a la zona, aunque alejándolas mil metros de las variedades susceptibles de provocar polinización cruzada. Estas medidas tenían por objeto reducir la presencia de agentes polinizadores en los cítricos. Sin embargo, en la campaña anterior no fueron suficientes para evitar la presencia de semillas, lo que ha trascendido en la calidad final de determinadas variedades. En consecuencia, considerando el volumen económico que genera la producción de este tipo de frutas en la Comunidad Valenciana, es necesario prohibir el asentamiento de colmenas en los alrededores de las plantaciones de cítricos. Por ello, oídas las Organizaciones Profesionales Agrarias, a propuesta de la consellera de Agricultura, Pesca y Alimentación y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 28 de marzo de 2000, DISPONGO Artículo 1 Durante la presente campaña queda prohibido el asentamiento de colmenas a menos de cinco kilómetros de las plantaciones de cítricos. Dicha prohibición se mantendrá durante la época de floración de los cítricos que, a estos efectos, se fija entre el 1 de abril y el 31 de mayo. No obstante, la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá modificar, mediante Orden, este periodo si las condiciones agroclimáticas alteran o modifican el periodo de floración. Los apicultores de la Comunidad Valenciana podrán recibir una indemnización económica directa para compensar la reducción de ingresos derivada de la prohibición del asentamiento de colmenas en la zona citrícola. Esta ayuda será proporcional al número de colmenas que el apicultor tenga inscritas en el Registro de Explotaciones Apícolas de la Comunidad Valenciana a 1 de enero de 2000. El importe de esta ayuda no podrá superar la cantidad de 4.500 pesetas (27,05 euros) por colmena. Mediante Orden de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación se regularán las condiciones de...

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