Notificación de la sentencia dictada en el juicio de divorcio contencioso número 1280/2011.

SecciónIV - Administración de Justicia
EmisorJuzgado de Primera Instancia número 08 de Valencia

Divorcio contencioso 001280/2011

Parte demandante: Gloria Francisca Oviedo Mendoza.

Parte demandada: Silvio Patricio Moreno Aguilar.

Sobre: divorcios no consensuados.

En el juicio referenciado se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

Fallo

Estimando la demanda planteada por Gloria Francisca Oviedo Mendoza, contra Silvio Patricio Moreno Aguilar debo declarar y declaro disuelto, por causa de divorcio en atención a lo dispuesto en el artículo 109 del Código Civil de Ecuador, con todos los efectos inherentes a esta declaración, el matrimonio contraído por los referidos cónyuges, con la adopción de las siguientes medidas definitivas:

1. Se atribuye la guarda y custodia de la menor a la madre, Gloria Francisca Oviedo Mendoza, pero ejerciendo conjuntamente ambos progenitores la patria potestad (responsabilidad parental) sobre la misma.

2. Silvio Patricio Moreno Aguilar contribuirá como prestación por los alimentos de la hija menor, abonando a la señora Oviedo la cantidad de trescientos euros mensuales (300,00 €/mes), por meses anticipados y dentro de los cinco primeros días de cada mes, cantidad que será transferida a la cuenta que designe la señora Suárez, y que será anualmente actualizada según la variación que experimente el IPC, junto a la mitad de los gastos de carácter extraordinario de la menor.

Se decreta la disolución del régimen económico matrimonial. Todo ello sin hacer una especial condena en las costas de este procedimiento.

Así por esta mi sentencia, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 265 y 266 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se anotará en el libro correspondiente, llevándose testimonio de la misma a los autos originales, y que se notificará a las partes haciéndoles saber que contra esta sentencia podrán interponer en este Juzgado recurso de apelación, dentro de los 20 días siguientes a su notificación previa constitución de depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y...

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