ORDEN de 17 de julio de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se crean puestos itinerantes de trabajo docente en determinados centros públicos de Educación Infantil y Primaria, de titularidad de la Generalitat Valenciana, para el curso 2002/03. [2002/M8277]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Cultura y Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN de 17 de julio de 2002, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se crean puestos itinerantes de trabajo docente en determinados centros públicos de Educación Infantil y Primaria, de titularidad de la Generalitat Valenciana, para el curso 2002/03. [2002/M8277]

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, en su artículo 16, establece que, en el nivel de Educación Primaria, las enseñanzas de la música, de la educación física, de los idiomas extranjeros o de aquellas enseñanzas que se determinen, serán impartidas por maestros con la especialización correspondiente.

La Orden de 10 de enero de 1997 (DOGV de 24.01.1997), de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se publican las plantillas-tipo de las escuelas de Educación Infantil (segundo ciclo) y colegios de Educación Primaria públicos, de titularidad de la Generalitat Valenciana, establece que, en determinados centros docentes y en función de su número de unidades, las enseñanzas especializadas a las que se refiere el párrafo anterior serán impartidas por profesorado itinerante. La Orden de 10 de mayo de 2002 (DOGV de 20.05.2002), de la Conselleria de Cultura y Educación, por la cual se modifica el catálogo de unidades, el de puestos de trabajo docente, la denominación y otros aspectos, de determinados centros docentes públicos de Educación Infantil (2º ciclo), Educación Primaria y Educación Especial, de titularidad de la Generalitat Valenciana, introduce las modificaciones que se recogen en su anexo y establece en su apartado dos que aquellos centros docentes, cuyo número de unidades de Educación Primaria sea inferior a cinco, además de los puestos de trabajo docente catalogados por dicha orden, dispondrán de otro profesorado especialista itinerante. Por todo ello, para hacer posible que, durante el curso 2002-03, las enseñanzas establecidas por el nuevo sistema educativo se puedan impartir en aquellos centros docentes del nivel de educación primaria que no disponen en sus plantillas de los maestros especialistas necesarios, se hace imprescindible crear puestos itinerantes de trabajo docente especializado. Vistos los expedientes de planificación educativa y estudiadas las propuestas formuladas por las direcciones territoriales de Cultura y Educación de Alicante, Castellón y Valencia.

Vista la Orden de 10 de enero de 1997, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR