ORDEN 6/2011, de 24 de febrero, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, por la que se regulan las ayudas para el apoyo a la asistencia a ferias internacionales en territorio nacional (AFIN), para el ejercicio 2011.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Industria, Comercio e Innovación
Rango de LeyOrden
PREÁMBULO

La industria valenciana orientada a la manufactura de bienes de consumo muy intensiva en mano de obra esta sufriendo un parón del consumo provocado por una demanda interna deprimida sin previsiones de reanimación en el corto plazo. Para compensar esta atonía es necesario impulsar políticas de internacionalización para que la demanda de los mercados internacionales reactive la actividad de nuestro tejido industrial.

Un tejido industrial formado principalmente por pymes agrupadas en clústeres sectoriales que han aprovechado las ventajas competitivas comunes realizando durante muchos años acciones estratégicas colectivas como el desarrollo de ferias sectoriales de gran relevancia internacional. Gracias a ello y a la asistencia masiva de nuestras empresas a estos certámenes, se ha fortalecido la imagen industrial de nuestros sectores en el mundo.

Así, una de las herramientas de promoción internacional más utilizadas por nuestras empresas, es su presencia en estos certámenes sectoriales de referencia internacional con las que se ha conseguido el inicio y consolidación de muchas de nuestras empresas de su actividad exportadora.

Sin embargo, la situación económica actual hace que esta participación en ferias se presente como un esfuerzo económico demasiado elevado para muchas de nuestras empresas incluso en aquellas ferias que se celebren en territorio nacional.

Por ello se pone en marcha una orden de ayudas para el apoyo a la asistencia a aquellas ferias internacionales en territorio nacional (AFIN) que se consideren estratégicas para los sectores productivos consolidados, un instrumento ágil y eficaz, que supondrá una ayuda directa y a corto plazo para un gran número de empresas de la Comunitat.

Además, con esta orden se cumplirá el objetivo de promocionar las ferias internacionales de la Comunitat Valenciana, que son el mejor escaparate al mundo de nuestros clusters industriales, una de nuestras mayores fortalezas y sin duda uno de los motores de crecimiento de nuestra economía.

Por ello, y en virtud de las facultades que me confiere el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en su modificación operada por la Ley 12/2007 de 20 de marzo, de la Generalitat, y el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat

ORDENO

Artículo 1 Objeto y ámbito

El objeto de la presente orden es establecer el régimen de la concesión de ayudas con el objeto de apoyar la participación de las empresas de la Comunitat Valenciana en determinadas ferias internacionales que se celebran en territorio nacional, de acuerdo con las consignaciones presupuestarias que para el ejercicio 2011 establece la Ley 17/2010, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para 2011.

Artículo 2 Financiación de las ayudas
  1. Las ayudas establecidas en la presente orden se financian con cargo a la línea presupuestaria T7523, del capítulo IV, del programa 762.10, Comercio Exterior, por un importe global máximo de

    1.730.000,00 €.

  2. Las minoraciones sobre las subvenciones concedidas inicialmente podrán destinarse a pagos de recursos.

  3. El régimen de ayudas será de aplicación tal como se determina en los siguientes artículos.

Artículo 3 Entidad colaboradora
  1. De conformidad con lo establecido en el artículo 47.4.a del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, y el artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la entrega y distribución de los fondos públicos a los beneficiarios corresponderá al Instituto Valenciano de la Exportación, IVEX, SA (en adelante IVEX), en los términos y en las condiciones que se prevén en la presente orden. El IVEX presentará declaración responsable, firmada por el órgano competente, acreditativa de no estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de entidad colaboradora, señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  2. El IVEX, como entidad colaboradora, en virtud del Convenio de colaboración suscrito el 31 de julio de 2008 entre la Generalitat, a través de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación y el Instituto Valenciano de la Exportación, IVEX, SA, para la gestión de ayudas de la Dirección General de Internacionalización, deberá cumplir las obligaciones que se establecen en el artículo 47.4 a del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat y el artículo 15 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 4 Beneficiarios de las ayudas.
  1. Podrán acogerse a las ayudas previstas en la presente orden las empresas con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunitat Valenciana que participen durante el ejercicio 2011 en determinados certámenes feriales en territorio nacional que se consideren internacionales por la Secretaria de Estado y de Comercio.

  2. Quedan excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, así como las asociaciones, fundaciones, administraciones públicas y en general, las entidades sin ánimo de lucro.

Artículo 5 Acciones apoyables y gastos subvencionables
  1. Las ayudas establecidas irán destinadas a apoyar únicamente la contratación del espacio ferial por parte de la empresa participante en los siguientes certámenes feriales:

    - Viveralia, Intergelat, Futurmoda (1ªy 2ª edición), Fimi (1ª y 2ª edición), Cero a cuatro, Orprotec, Cevisama, Funermostra, Deco-Cevider, FIM, Textilhogar, Iberflora, Sif & Co, Fimma, Maderalia, InduferiasHinchalia, Modacalzado (1ª y 2ª edición)

  2. Sólo será subvencionable el IVA satisfecho por la adquisición de bienes y servicios cuando el beneficiario presente certificación actualizada, expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de exención o no sujeción al IVA o acredite documentalmente que el importe del impuesto forma parte del coste de la actuación subvencionable, no siendo susceptible de recuperación o compensación.

  3. No se admitirá la subcontratación, el subarriendo, ni cualquier negocio jurídico que suponga la gestión o ejecución de todo o parte de la actividad objeto de la subvención por un proveedor externo de servicios cualquiera que sea su forma jurídica.

  4. Podrán concederse subvenciones para financiar los gastos relativos a un número máximo de una acción por empresa. Sólo en los casos de certámenes que celebren dos ediciones en el mismo año, podrán financiarse los gastos relativos a ambas ediciones que deberán detallarse en la misma solicitud.

  5. Las ayudas previstas en la presente orden podrán alcanzar una intensidad de hasta el 60% del coste (IVA excluido), con un límite de

    10.000 € por empresa, siempre que el presupuesto mínimo elegible sea el que corresponda a la contratación de un mínimo de 32 mts2. En el caso de certámenes que celebren dos ediciones en el mismo año, se tomará en consideración la suma del espacio contratado en ambas. La cuantía de la subvención en ningún caso podrá superar los 10.000 Euros por beneficiario.

Artículo 6 Presentación de solicitudes y plazo

Documentación.

  1. Las solicitudes y la documentación anexa para la obtención de las ayudas reguladas por la presente orden, deberán dirigirse a la Dirección General de Internacionalización y presentarse mediante el impreso normalizado en el Registro General de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación (calle Colón, 32 46004 Valencia), o en cualesquiera otra de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

    del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que se optara por presentar la solicitud en una Oficina de Correos, deberá hacerse en sobre abierto para que sea fechada y sellada por la Oficina de Correos antes de ser certificada.

  2. El impreso normalizado de solicitud se cumplimentará utilizando la aplicación diseñada para estas ayudas que aparece en la página web del IVEX, , o bien cumplimentando un impreso facilitado por el IVEX.

  3. Los solicitantes podrán remitir al IVEX su solicitud y los demás documentos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR