DECRETO 91/2004, de 4 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se incluye en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Castellón el monte denominado Pla de Catalina, situado en el término municipal de Ares del Maestre y perteneciente a la Generalitat. [2004/5928]
Sección | III - Convenios y Actos |
Emisor | Conselleria de Territorio y Vivienda |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 91/2004, de 4 de junio, del Consell de la Generalitat, por el que se incluye en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Castellón el monte denominado Pla de Catalina, situado en el término municipal de Ares del Maestre y perteneciente a la Generalitat. [2004/5928]
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 18 de la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y en los artículos 11, 13 y 26 del Reglamentode la Ley 3/1993, de 21 de noviembre, Forestal de la Comunidad Valenciana, aprobado por el Decreto 98/1995, de 16 de mayo, del Consell de la Generalitat, se ha instruido el correspondiente expediente de declaración de utilidad pública e inclusión en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Castellón del monte denominado Pla de Catalina, y dado que se han justificado plenamente las circunstancias que lo motivan, procede dictar el correspondiente Decreto. En su virtud,a propuesta del conseller de Territorio y Vivienda y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 4 de junio de 2004, DECRETO
Se declara de utilidad pública el monte denominado Pla de Catalina, propiedad de la Generalitat, de una superficie de 12,28 ha., que corresponde a la finca inscrita en el Registro de la Propiedad de Morella en el tomo 487, libro 36, folio 171, finca 2.404, inscripción 2ª.
Se incluye en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública de la Provincia de Castellón el monte Pla de Catalina, con el número 116, de la siguiente forma:
Provincia: Castellón.
Partido judicial: Vinaròs.
Término municipal: Ares del Maestre.
Nombre: Pla de Catalina.
Número: 116.
Pertenencia: Generalitat.
Límites: norte, Rambla de la Belluga; este, término municipal de Catí; sur, término municipal de Vilar de Canes, y oeste, Rambla Carbonera de la Viuda.
Cabida pública: 12,28 ha.
Cabida total: 12,28 ha.
El presente Decreto tendrá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Contra el presente Decreto los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados a partirdel día siguiente al de la publicación de este decreto, ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de conformidad con...
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