DECRETO 32/2007, de 16 de marzo, del Consell, por el que se autoriza la creación de centros universitarios y la implantación de enseñanzas en la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir. [2007/3685]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Empresa, Universidad y Ciencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 32/2007, de 16 de marzo, del Consell, por el que se autoriza la creaciÛn de centros universitarios y la implantaciÛn de enseÒanzas en la Universidad CatÛlica de Valencia San Vicente M·rtir. [2007/3685] La Junta del Patronato de la Universidad CatÛlica de Valencia San Vicente M·rtir solicitÛ autorizaciÛn para la creaciÛn de la Facultad de Medicina y OdontologÌa y la Escuela Universitaria de Fisioterapia en la Universidad CatÛlica de Valencia San Vicente M·rtir, para organizar las enseÒanzas universitarias conducentes a los tÌtulos oficiales de Licenciado en Medicina, Licenciado en OdontologÌa, Diplomado en Fisioterapia y Diplomado en PodologÌa, adjuntando la documentaciÛn justificativa que exigen los artÌculos 6 y siguientes del Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creaciÛn y reconocimiento de universidades y centros universitarios.

El Consejo Valenciano de Universidades fue informado sobre las propuestas pendientes relativas a la creaciÛn, ampliaciÛn y transformaciÛn de centros y enseÒanzas solicitados por la Universidad CatÛlica de Valencia San Vicente M·rtir, en sesiÛn de 21 de febrero de 2007.

Por todo ello, vistos el artÌculo 8 de la Ley Org·nica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los requisitos exigidos por el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creaciÛn y reconocimiento de universidades y centros universitarios, a propuesta del conseller de Empresa, Universidad y Ciencia y previa deliberaciÛn del Consell, en la reuniÛn del dÌa 16 de marzo de 2007, DISPONGO

ArtÌculo 1

Autorizar a la Universidad CatÛlica de Valencia San Vicente M·rtir la creaciÛn en el Campus de Valencia (edificio San Carlos Borromeo, c/ Quevedo, 2D) de la Facultad de Medicina para organizar las enseÒanzas conducentes a la obtenciÛn del tÌtulo oficial de Licenciado en Medicina, Licenciado en OdontologÌa, Diplomado en Fisioterapia y Diplomado en PodologÌa, cuya implantaciÛn tambiÈn se autoriza.

ArtÌculo 2

La puesta en funcionamiento de los centros y enseÒanzas a que se refiere el presente decreto ser· autorizada...

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