DECRETO 47/2001, de 27 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba la constitución del Consejo de Ilustres Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de la Comunidad Valenciana y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales. [2001/1877]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Justicia y Administraciones Publicas
Rango de LeyDecreto

DECRETO 47/2001, de 27 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba la constitución del Consejo de Ilustres Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de la Comunidad Valenciana y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profesionales. [2001/1877] El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en su artículo 31, apartado 22, confiere a la Generalitat Valenciana competencia exclusiva en materia de colegios profesiones y ejercicio de profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución. La Ley de la Generalitat Valenciana, 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana, dispone en su artículo 14.1 que cuando en el territorio de la Comunidad Valenciana se constituyan o existan dos o más colegios profesionales de la misma profesión, éstos se constituirán en Consejo Valenciano de Colegios Profesionales, en el que se deberán integrar todos los colegios profesionales del citado ámbito territorial de la misma profesión. Asimismo, en el artículo 14.2, se establece que el Gobierno Valenciano, mediante Decreto, aprobará la constitución de los Consejos Valencianos de Colegios Profesionales con ámbito de actuación en la Comunidad Valenciana. Los Ilustres Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de la provincia de Alicante y de la provincia de Valencia, que a su vez cuenta con una delegación en Castellón, han adoptado acuerdo de constitución del Consejo de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de la Comunidad Valenciana, solicitando su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales. En su virtud, en uso de las competencias atribuidas por el artículo 35, apartado c) de la Ley de la Generalitat Valenciana, 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, en relación con lo preceptuado en el artículo 14 de la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana, a propuesta del conseller de Justicia y Administraciones Públicas, y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en su reunión del día 27 de febrero de 2001, DISPONGO Artículo 1 Se aprueba la constitución del Consejo de Ilustres Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de la Comunidad Valenciana, como corporación de derecho público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el logro...

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