RESOLUCIÓN de 8 de febrero de 2012, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo de la Generalitat Valenciana, por la que se convoca procedimiento de provisión de plazas de funcionarios docentes del cuerpo de inspectores al servicio de la Administración educativa y de inspectores de Educación dependientes del ámbito de gestión de la Generalitat Valenciana.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Educación, Formación y Empleo
Rango de LeyResolución

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su disposición adicional sexta , apartado 4, determina que durante los cursos escolares en los que no se celebren los concursos de ámbito estatal a los que se refiere esta disposición, las diferentes administraciones educativas podrán organizar procedimientos de provisión referidos al ámbito territorial cuya gestión les corresponda y destinados a la cobertura de sus plazas, todo ello sin perjuicio de que en cualquier momento puedan realizar procesos de redistribución o de recolocación de sus efectivos.

En el punto 3 de esta misma disposición, se establece la obligación para las administraciones educativas de convocar periódicamente concursos de traslados de ámbito estatal, a efectos de proceder a la provisión de las plazas vacantes que determinen en los centros docentes de enseñanza dependientes de aquellas, así como para garantizar la posible concurrencia de los funcionarios de su ámbito de gestión a plazas de otras administraciones educativas y, en su caso, si procede la adjudicación de aquellas que resulten del propio concurso. En estos concursos podrán participar todos los funcionarios públicos docentes, cualquiera que sea la administración educativa de la que dependan, o por la que hayan ingresado, siempre que reúnan los requisitos generales y los específicos que, de acuerdo con las respectivas relaciones de puestos de trabajo, establezcan dichas convocatorias.

Celebrado durante el curso 2010/2011 el concurso de traslados de ámbito estatal, se considera conveniente, a fin de asegurar la cobertura de los puestos vacantes que se determinen, así como para garantizar el derecho a la movilidad del personal funcionario de los cuerpos de inspectores al servicio de la Administración educativa y de inspectores de Educación, convocar procedimiento de provisión para cubrir las plazas vacantes previstas para el curso 2011/2012, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y otros procedimientos de provisión de plazas a cubrir por los mismos.

De conformidad con el artículo 9, apartado 4, del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación; la Conselleria de Educación, Formación y Empleo oferta entre los funcionarios pertenecientes al cuerpo de inspectores al servicio de la Administración educativa y al cuerpo de inspectores de Educación los puestos vacantes producidos hasta el 31 de diciembre del presente año, así como los que resulten del propio concurso, pertenecientes a la plantilla de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo y ubicados en sus direcciones territoriales, siempre que, en cualquiera de los casos, la continuidad en su funcionamiento esté prevista en la planificación educativa.

En la tramitación de esta resolución se ha cumplido lo previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y artículos 153 y siguientes de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.

Por resolución de 27 de enero de 2012, de la consellera de Educación, Formación y Empleo, se acepta la abstención alegada por la subsecretaria de esta Conselleria respecto de sus competencias previstas en el artículo 20 del Decreto 98/2011, de 26 de agosto, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo respecto a la convocatoria, gestión y resolución de los procedimientos para la provisión de plazas de funcionarios docentes del cuerpo de inspectores al servicio de la Administración educativa y del cuerpo de inspectores de Educación en los que participen aspirantes seleccionados por la Orden de 24 de abril de 2007.

De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación resuelvo convocar procedimiento de provisión de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Objeto y normativa aplicable

1.1. Se convoca procedimiento de provisión, de acuerdo con las especificaciones que se citan en la presente resolución, para la provisión de puestos de trabajo en el ámbito territorial de gestión de la Generalitat Valenciana, entre funcionarios de los cuerpos de inspectores al servicio de la Administración educativa e inspectores de Educación.

1.2. Este procedimiento se regirá por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana y los reales decretos 276/2007, 1364/2010.

Segunda. Plazas ofertadas y determinación de las mismas

2.1. Se ofertarán las plazas o puestos vacantes que se determinen, entre los que se incluirán, al menos, las que se produzcan hasta el 31 de diciembre de 2011, así como aquellas que resulten de la resolución del presente procedimiento.

2.2. No se incluirán en el presente procedimiento las posibles vacantes que pudieran originarse en virtud de los procedimientos que pudieran convocar durante este curso el Ministerio de Educación y las administraciones educativas de las comunidades autónomas que se hallen en pleno ejercicio de las competencias en materia educativa.

Tercera. Participación voluntaria

3.1. Podrá participar voluntariamente solicitando las plazas ofertadas en esta convocatoria, el personal funcionario de carrera, dependiente del ámbito de gestión de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

  1. En situación de servicio activo, con destino definitivo en plazas de inspección educativa dependientes de la Generalitat Valenciana, siempre y cuando de conformidad con la disposición adicional sexta , apartado 6, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación y el artículo 2.1 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino que desempeñen con carácter definitivo.

  2. En situación de servicios especiales declarada desde puestos de inspección educativa actualmente dependientes de la Generalitat Valenciana, siempre y cuando de conformidad con la disposición adicional sexta , apartado 6, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y el artículo 2.1 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, al finalizar el presente curso escolar hayan transcurrido, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino que desempeñen con carácter definitivo.

  3. En situación de excedencia voluntaria, en sus distintos tipos, declarada desde puestos de inspección educativa dependientes de la Generalitat Valenciana. Si se tratara de los supuestos de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar contemplados en los artículos 127 y 128, de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, respectivamente, sólo podrán participar, si al finalizar el presente curso escolar han transcurrido dos años desde que pasaron a esta situación.

  4. En situación de suspensión de funciones declarada desde plazas de la inspección educativa dependientes de la Generalitat Valenciana, siempre que al finalizar el presente curso escolar haya concluido el tiempo de duración de la sanción disciplinaria de suspensión y, al menos, dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo.

    3.2. A los efectos previstos en el apartado anterior se entenderá como fecha de finalización del curso escolar la de 31 de agosto de 2012.

    3.3. Quienes deseen ejercitar un derecho preferente para la obtención de destino deberán estar a lo que se determina en la base quinta de esta resolución.

    Cuarta. Participación obligatoria

    4.1. Está obligado a participar en el presente procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre, por el que se regula el concurso de traslados de ámbito estatal entre personal funcionario de los cuerpos docentes contemplados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, el personal funcionario dependiente del ámbito de gestión de la Generalitat Valenciana que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

  5. Personal funcionario con destino provisional que durante el curso 2011-2012 estén prestando servicios en la Generalitat Valenciana.

    Al personal incluido en este apartado que no participe o haciéndolo no solicite suficiente número de plazas vacantes si no obtuviera destino se le adjudicará de oficio destino definitivo. En el caso de no obtener destino definitivo quedará en situación de destino provisional en una plaza de la inspección educativa dependiente de la Generalitat Valenciana. La adjudicación de oficio se realizará de acuerdo con el orden en el que aparecen publicadas las provincias en el anexo II.

  6. El personal funcionario que procedente de la situación de excedencia o suspensión de funciones con pérdida del destino definitivo, haya reingresado al servicio activo y obtenido, en virtud de dicho reingreso, un destino con carácter provisional en un centro dependiente de la Generalitat Valenciana, con anterioridad a la fecha de publicación de esta convocatoria.

    Al personal funcionario incluido en el párrafo anterior, en el supuesto de que no participe en la presente convocatoria, o si participando no solicitara suficiente número de puestos...

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