ORDEN 10/2014, de 26 de mayo, de la Consellería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, por la que se modifican los anexos del Decreto 213/2009, de 20 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban medidas para el control de especies exóticas invasoras en la Comunitat Valenciana, y se regulan las condiciones de tenencia de especies animales exóticas invasoras.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

La introducción de animales exóticos por parte del hombre en el medio natural puede provocar invasiones biológicas y generar graves impactos negativos sobre la biodiversidad. Estos impactos pueden trasladarse a otros ámbitos, como el de las actividades económicas o el de la salud o el bienestar humano, con consecuencias igualmente adversas. La amenaza que suponen las invasiones biológicas es reconocida por la comunicación de la Comisión Estrategia de la UE sobre la biodiversidad hasta 2020 -COM (2011) 244-, que establece la lucha contra las especies exóticas invasoras (EEI) como una de las seis prioridades para detener la pérdida de biodiversidad en Europa. Asimismo, la Cuarta evaluación del medio ambiente en Europa, elaborada por la Agencia Europea de Medio Ambiente en 2007, pone de manifiesto la tendencia al alza en el establecimiento de especies exóticas en Europa, así como el hecho de que los impactos negativos de las invasiones biológicas sobre la biodiversidad aumentarán en el futuro, debido al creciente número de especies involucradas.

Para paliar este problema, la Generalitat Valencia aprobó el Decreto 213/2009, de 20 de noviembre, del Consell, por el que se aprueban medidas para el control de especies invasoras en la Comunitat Valenciana. Transcurridos cuatro años desde la entrada en vigor de la norma, se constata un notable grado de cumplimiento de las limitaciones para la comercialización de las especies incluidas en el anexo I, pero también un comportamiento invasor en otras especies exóticas naturalizadas en la Comunitat Valenciana. Es conveniente, por lo tanto, la adopción de medidas tendentes a regular su empleo y controlar sus poblaciones en el medio natural, al objeto de prevenir invasiones biológicas por parte de estas especies. El Decreto 213/2009, establece en su artículo cuarto la posibilidad de incluir nuevas especies en sus anexos cuando exista información técnica o científica que lo aconseje. En este sentido, se tiene constancia técnica de la naturalización, reclutamiento activo y, en algunos casos invasión de ambientes de alto valor natural, de cuatro especies de plantas terrestres en la Comunitat Valenciana: Acacia saligna, Leucaena leucocephala, Oenothera biennis y Parkinsonia aculeata. A esto hay que añadir que los compendios internacionales sobre especies exóticas invasoras indican que las cuatro especies se comportan como invasoras en otras regiones del mundo semejantes climáticamente al territorio valenciano. Además, existen publicaciones científicas realizadas por expertos en la materia que establecen que el riesgo de comportamiento invasor para la región mediterránea española es elevado o muy elevado para esas especies, entre las que se encuentra una las plantas más invasoras del mundo (L. leucocephala) según establece la Unión Internacional de Conservación de la Naturaleza (UICN). Todas estas evidencias técnicas y científicas aconsejan restringir el empleo y comercialización de estas especies en territorio valenciano, incluyéndolas en los anexos del Decreto 213/2009.

Por otra parte, el Real Decreto 630/2013, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras, establece en su disposición transitoria cuarta , que las autoridades competentes de las...

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