RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2009, del director general de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión de vacantes de facultativos especialistas de Departamento de distintas especialidades, de instituciones sanitarias de la Agencia Valenciana de Salud.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Sanidad
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 12 de marzo de 2009, del director general de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para la provisión de vacantes de facultativos especialistas de Departamento de distintas especialidades, de instituciones sanitarias de la Agencia Valenciana de Salud. [2009/4067] Publicado el Decreto 176/2008, de 21 de noviembre de 2008, por el que se aprueba la oferta de empleo de personal estatutario adscrito a las instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad para 2007.

Considerando que la oferta de empleo de personal adscrito a las instituciones sanitarias de la Agencia Valenciana de Salud aprobada por Decreto 39/2006 de 24 de marzo, del Consell de la Generalitat está pendiente de ejecución en cuanto a diversas categorías.

Visto que la disposición adicional tercera del Decreto 176/2008, de 21 de noviembre de 2008, por el que se aprueba la oferta de empleo de personal estatutario adscrito a las instituciones sanitarias de la Conselleria de Sanidad para 2007, establece que las plazas de personal facultativo recogidas en su anexo se acumularán, en su caso, a las de la oferta de empleo de 2005, realizándose la convocatoria de una especialidad o categoría de ambas ofertas de empleo conjuntamente, se procede a convocar concurso-oposición para la cobertura de las plazas anunciadas de facultativos especialistas de Departamento de distintas especialidades, de instituciones sanitarias dependientes de la Agencia Valenciana de Salud, incluyendo las plazas de facultativos especialistas ofertadas en ambos Decretos.

La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en el capítulo III del Decreto 7/2003, de 28 de enero, del Consell de la Generalitat, por el cual se aprueba el Reglamento de selección y provisión de plazas de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Generalitat Valenciana.

Esta Dirección General de Recursos Humanos, en virtud de la competencia delegada por el artículo 1.3.3. de la Resolución de 19 de febrero de 2009, del director gerente de la Agencia Valenciana de Salud, por la que se publica la delegación de competencias en materia de gestión de personal de la Agencia Valenciana de Salud y oídas las organizaciones sindicales con representación en la Mesa Sectorial de Sanidad, acuerda establecer las siguientes:

Bases de la convocatoria 1. Normas generales 1.1. Se convocan pruebas selectivas para la provisión de las plazas vacantes que figuran en el anexo III de personal estatutario del grupo A, facultativos especialistas de Departamento de distintas especialidades, de instituciones sanitarias de la Agencia Valenciana de Salud.

1.2. El proceso selectivo se llevará a cabo mediante el sistema de concurso-oposición.

1.3. De conformidad con el artículo 55 del Decreto 7/2003, de 28 de enero, se establece la reserva de plazas que se especifica en el anexo III para cada especialidad, para ser cubiertas por el turno de promoción interna. Las plazas que no se cubran por este turno se acumularán al turno de acceso libre.

1.4. Considerando el número de plazas convocadas, se realiza la reserva de plazas que se especifica en el anexo III para cada especialidad, para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado de discapacidad igual o superior al 33%, de acuerdo con lo establecido por el artículo 5.1 del Decreto 7/2003, de 28 de enero.

  1. Requisitos de los aspirantes.

    Las condiciones para ser admitidos a las pruebas deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión.

    1. Requisitos generales.

      2.1. Poseer la nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la Unión Europea, así como de aquellos estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea, u ostentar este derecho conforme a lo previsto en el Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

      2.2. Tener cumplidos dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

      2.3. Poseer el título de licenciado o doctor y título de especialista expedido por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la especialidad a la que se pretende acceder, dentro del plazo de solicitudes especificado en esta convocatoria.

      2.4. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas que se deriven del correspondiente nombramiento, capacidad que se acreditará mediante certificado médico, quedando la toma de posesión supeditada a la superación de este requisito.

      2.5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier servicio de salud o administración pública, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de los nacionales de los otros Estados mencionados en el párrafo 2.1, no encontrarse inhabilitado, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni haber sido separado por sanción disciplinaria de alguna de sus administraciones o servicios públicos.

      2.6. Haber ingresado los derechos de examen, según se especifica en la base 3 de esta convocatoria.

    2. Requisitos específicos para el turno restringido de promoción interna.

      Podrá concurrir a las pruebas selectivas por el sistema de promoción interna el personal estatutario fijo dependiente de la Agencia Valenciana de Salud que reúna y acredite durante el plazo de presentación de solicitudes los requisitos generales exigidos a todos los participantes y además:

      Pertenecer a grupo de clasificación inferior, sea inmediato o no, o a diferente categoría o especialidad del mismo grupo.

      Haber prestado servicios como personal estatutario fijo durante, al menos, dos años en el grupo de procedencia.

    3. Requisitos específicos para el cupo de discapacitados.

      Aquellas personas que reúnan la condición de discapacitado deberán acreditar el grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones propias de los puestos de trabajo a proveer, mediante fotocopia compulsada de la resolución administrativa del órgano competente de la Conselleria de Bienestar Social o, en su caso, del órgano competente de la respectiva comunidad autónoma, por la que se reconoce tal condición, y se adjuntará a la solicitud de participación en las pruebas.

    4. Momento en que se ha de acreditar el cumplimiento de los...

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