DECRETO 74/2011, de 17 de junio, del Consell, sobre resolución de la discrepancia suscitada entre el órgano sustantivo competente en materia de minas y el órgano ambiental en el expediente de evaluación ambiental relativo al proyecto de explotación de cantera ubicada en el municipio de Gandia.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El 18 de septiembre de 2000 el Servicio Territorial de Industria y Energía de Valencia, de la Conselleria de Industria y Comercio, remitió a la Conselleria de Medio Ambiente documentación consistente en estudio de impacto ambiental, plan de restauración y estudio de medidas correctoras para la protección del medio ambiente atmosférico, referente al proyecto de pase a concesión minera Gómez II número 2593, en el municipio de Gandia.

El 28 de marzo de 2001 la Dirección General de Planificación y Gestión del Medio, de la Conselleria de Medio Ambiente, resolvió estimar que no procedía la continuación del procedimiento de evaluación ambiental, habida cuenta que la propuesta presentada resultaba incompatible con la normativa urbanística vigente, y, en consecuencia, procedió a la devolución al órgano sustantivo de la documentación presentada, esto es, a la Conselleria de Industria y Comercio. Este pronunciamiento fue ratificado por Resoluciones del órgano ambiental de 16 de enero de 2002 y 10 agosto de 2004.

Mediante Resolución de 22 de septiembre de 2006, dictada por el secretario autonómico de Empresa, se planteó una discrepancia respecto del anterior pronunciamiento del órgano ambiental, sobre la base de que la clasificación de los terrenos como suelo no urbanizable de especial protección no constituía un obstáculo absoluto para autorizar el aprovechamiento de los recursos naturales, y acordando, por ello, la retroacción de las actuaciones con el fin de dar traslado a la Dirección General de Gestión del Medio Natural de los motivos de la discrepancia, para que esa Dirección General reconsiderara su Resolución de 28 de marzo de 2001, de archivo del expediente, y los pronunciamientos posteriores de ratificación de 16 de enero de 2002 y 10 de agosto de 2004.

Esta cuestión, tras la tramitación administrativa, se resolvió mediante Resolución de 24 de octubre de 2007, del secretario autonómico de Industria, Comercio e Innovación, dando por finalizado el procedimiento administrativo instado por los promotores para la citada concesión del aprovechamiento de recursos naturales minerales.

Contra la anterior Resolución de 24 de octubre de 2007, de la Conselleria de Industria, Comercio e Innovación, los promotores del expediente interpusieron recurso contencioso-administrativo.

El 2 de junio de 2009, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior...

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