DECRETO 64/2007, de 27 de abril, del Consell, por el que se difiere, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, la obligatoriedad de inspección periódica de los ciclomotores y cuadriciclos ligeros. [2007/5496]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Empresa, Universidad y Ciencia
Rango de LeyDecreto

DECRETO 64/2007, de 27 de abril, del Consell, por el que se difiere, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, la obligatoriedad de inspección periódica de los ciclomotores y cuadriciclos ligeros. [2007/5496] El Real Decreto 711/2006, de 9 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 21 de junio de 2006, modifica el Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que se regula la inspección técnica de vehículos, y establece, en su artículo primero, la obligatoriedad y la frecuencia con que deben ser sometidos a inspección técnica las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, cuadriciclos, quads, ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros.

La disposición transitoria segunda de la propia norma establece los plazos en los que deberán pasar por primera vez inspección técnica periódica los ciclomotores y cuadriciclos ligeros.

Con objeto de asegurar la calidad y facilidades de prestación del servicio a los usuarios es imprescindible establecer tanto la infraestructura organizativa del mismo, basada en el principio de proximidad y minimización de desplazamientos por los usuarios, como la infraestructura material necesaria para la efectiva prestación de los servicios de inspección.

Por ello resulta imprescindible conocer la demanda de este nuevo servicio, así como el parque y distribución geográfica tanto de ciclomotores como de cuadriciclos ligeros a los que se les impone la obligación de someterse periódicamente a inspección técnica, teniendo en cuenta la dificultad real para estos vehículos de trasladarse hasta las estaciones fijas de inspección técnica de vehículos existentes, debido a la restricción de circulación por ciertas vías, con el fin de establecer rutas de las nuevas unidades móviles que se desplacen para realizar las inspecciones a los diferentes núcleos urbanos.

Se considera, asimismo, conveniente y necesario realizar previamente, a la determinación de los medios de que se deberán dotar las actuales estaciones de inspección técnica de vehículos, unas pruebas bien a oferta de las actuales empresas concesionarias de estaciones ITV en la Comunitat Valenciana o a demanda de los...

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