ORDEN 69/2010, de 5 de julio, de la Conselleria de Educación, por la que se dispone la publicación del nombramiento de determinados miembros del Consejo Social de la Universitat de València-Estudi General.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Educación
Rango de LeyOrden

ORDEN 69/2010, de 5 de julio, de la Conselleria de Educación, por la que se dispone la publicación del nombramiento de determinados miembros del Consejo Social de la Universitat de València-Estudi General. [2010/7863] El Consejo de Gobierno de la Universitat de València-Estudi General, en su sesión de 9 de junio, aprobó los nombramientos de Paula Serrano Caracena, Elena Grau Almero y María Luisa Manzano Hernández, como vocales del Consejo Social en representación del alumnado, el profesorado y el personal de administración y servicios, respectivamente, en sustitución de Carlos de la Cruz Moya, María Vicenta Mestre Escrivá y José Vicente Zafra Pertura.

Considerando lo que dispone el artículo 6.2 de la Ley 2/2003, de 28 de enero, de la Generalitat, de Consejos Sociales de las Universidades Públicas Valencianas, y conforme a la propuesta del director general de Universidad y Estudios Superiores de 23 de junio de 2010, ORDENO Primero Publicar los ceses de Carlos de la Cruz Moya, María Vicenta Mestre Escrivá y José Vicente Zafra Pertura, como vocales del Consejo Social de la Universitat de València-Estudi General en representación del Consejo de Gobierno.

Segundo Publicar el nombramiento, como vocales del Consejo Social de la Universitat de València-Estudi General, de Paula Serrano Caracena, Elena Grau Almero y María Luisa Manzano Hernández, en representación del alumnado, el profesorado y el personal de administración y servicios, elegidos por el Consejo de Gobierno de la Universitat de València-Estudi General.

Tercero La presente orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

De conformidad con lo establecido en los artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición o...

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