DECRETO 56/2012, de 5 de abril, del Consell, por el que se autoriza la creación de deuda pública de la Generalitat durante el año 2012.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Economía, Industria y Comercio - Conselleria de Hacienda y Administración Pública
Rango de LeyDecreto

La Ley 10/2011, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2012, en su título V, artículo 35, autoriza al Consell para que, a propuesta conjunta de las personas titulares de las consellerias con competencias en materia de economía y hacienda, incremente la deuda de la Generalitat, con la limitación de que su saldo vivo a 31 de diciembre de 2012 no supere el correspondiente saldo a 1 de enero de 2012 en más de 1.336.304.200 euros. Dicho límite será efectivo al término del ejercicio, pudiendo ser sobrepasado durante éste, y se prevén los casos por los que se revisará automáticamente.

De acuerdo con lo estipulado en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, el Consell puede fijar las características de la deuda pública y los criterios relativos a su gestión. En virtud de esta ley, el Decreto 94/1996, de 21 de mayo, del Consell, por el que se regula la gestión de la deuda pública, la gestión financiera y la coordinación del endeudamiento de las entidades autónomas y empresas de la Generalitat, establece que la emisión o contratación de la deuda pública de la Generalitat se efectúe a través del Institut Valencià de Finances.

En virtud de cuanto antecede, a propuesta conjunta del conseller de Economía, Industria y Comercio y del conseller de Hacienda y Administración Pública y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 5 de abril de 2012,

DECRETO

Artículo 1

La Generalitat, a través del Institut Valencià de Finances, emitirá o contratará deuda pública a cargo del Presupuesto de la Generalitat correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo con el límite establecido en el artículo 35 de la Ley de Presupuestos de la Generalitat para dicho ejercicio, por lo que el saldo de la deuda a 31 de diciembre de 2012 no superará el correspondiente a 1 de enero de este año...

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