DECRETO 89/2017, de 7 de julio, del Consell, por el que se modifican las disposiciones transitorias del Decreto 59/2016, de 13 de mayo, del Consell, por el que se fija el número máximo de alumnado y la jornada lectiva del personal docente en los niveles no universitarios regulados por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en los centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana. [2017/6393]
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 59/2016, de 13 de mayo, del Consell, por el que se fija el número máximo de alumnado y la jornada lectiva del personal docente en los niveles no universitarios regulados por la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en los centros docentes no universitarios de la Comunitat Valenciana tiene por objeto regular el número máximo de alumnado por aula, unidad o profesorado y la jornada lectiva del personal docente en los centros docentes públicos y en los centros docentes concertados de la Comunitat Valenciana. Así, se establecen las ratios máximas en las diferentes enseñanzas de los niveles no universitarios.
La disposición transitoria primera del Decreto 59/2016 indica que, según a las disponibilidades presupuestarias del capítulo I de gastos del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2016, las ratios máximas recopiladas en el capítulo II de este decreto, para el curso 2016-2017, solo se aplicarán en el primer curso de Educación Infantil (2º ciclo), Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, ciclos formativos de Formación Profesional de grado medio y grado superior, ciclos formativos de Artes Plásticas y Diseño de grado medio y grado superior, nivel básico en las enseñanzas de idiomas, ciclo I y ciclo II de Formación de Personas Adultas, enseñanzas deportivas de grado medio, enseñanzas deportivas de grado superior, enseñanzas elementales de Música y Danza, enseñanzas profesionales de Música y Danza y enseñanzas artísticas superiores.
Para poder dar continuidad a la aplicación de lo previsto en el capítulo II del Decreto 59/2016 y que no se limite únicamente al curso 2016-2017 es necesario modificar las disposiciones transitorias del citado decreto.
Por ello, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28.c de la Ley 5/1985, de la Generalitat, del Consell; después de haber sometido el texto a información pública; a propuesta del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte; conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión del 7 de julio de 2017,
DECRETO
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Este decreto tiene por objeto modificar las disposiciones transitorias del Decreto 59/2016 para dar continuidad en el curso 2017-2018 y sucesivos a lo previsto en el capítulo II del citado decreto.
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Las disposiciones transitorias del Decreto 59/2016 quedan redactadas tal como se...
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