DECRETO 87/2018, de 22 de junio, del Consell, por el que se modifica el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunitat Valenciana. [2018/7067]
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Hacienda y Modelo Económico |
Rango de Ley | Decreto |
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, inicia una transformación digital cuando establece que las personas con capacidad de obrar ante las administraciones públicas tienen el derecho y la obligación de ser asistidas en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las administraciones públicas, sin perjuicio de los derechos reconocidos a las personas físicas en el artículo 14.1 de la mencionada ley.
Con este decreto se modifican el punto 2 del artículo 44 y el punto 6 del artículo 60 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunitat Valenciana, para adecuarlo a la Ley 39/2015, en los artículos que traten sobre la presentación de documentación en soporte no electrónico.
Por todo ello, en virtud de los artículos 18.f y 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, a propuesta del conseller de Hacienda y Modelo Económico, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del 22 de junio de 2018,
DECRETO
Modificación del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunitat Valenciana.
Se modifica el punto 2 del artículo 44 y el punto 6 del artículo 60 del Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la Comunitat Valenciana, que quedan redactados como se indica en el anexo de este decreto.
Única. Incidencia presupuestaria
La aplicación y el desarrollo de este decreto no pueden tener incidencia en la dotación de los capítulos de gasto asignados en la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, y, en todo caso, deberán ser atendidos con los medios personales y materiales de la mencionada conselleria.
Única. Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día siguiente de ser publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
València, 22 de junio de 2018
El president de la Generalitat,
XIMO PUIG I FERRER
El conseller de Hacienda y Modelo Económico, VICENT SOLER I MARCO
ANEXO
Nueva redacción del punto 2 del artículo 44 y el punto 6 del artículo 60 del Decreto 220/2014, de...
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