DECRETO 76/2020, de 17 de julio, del Consell, de aprobación de las bases reguladoras y de la concesión directa de subvenciones a entidades del tercer sector de acción social para el desarrollo de programas de intervención comunitaria con la población gitana por la COVID-19. [2020/5991]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorVicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
Rango de LeyDecreto

La Organización Mundial de la Salud elevó el pasado 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por la COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala global y local, requiere la adopción de medidas inmediatas y eficaces para responder a esta coyuntura. Las circunstancias extraordinarias que concurren constituyen, sin duda, una crisis sanitaria y social sin precedentes con una enorme magnitud tanto por el impacto elevado en número de personas afectadas como por el extraordinario riesgo que conlleva para sus derechos.

El sistema valenciano de servicios sociales debe atender de forma universal al conjunto de su ciudadanía y, especialmente, a una población considerada de alto riesgo en el caso de contagio de COVID-19, y en esta situación resulta indispensable movilizar recursos materiales y humanos tanto de carácter público como privado para garantizar la atención prestada a los colectivos más vulnerables y empobrecidos siempre con las máximas garantías en la preservación de la salud, el derecho a la vida y su bienestar, entre quienes destaca la población gitana.

El artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, establece en su apartado 2.c la posibilidad de conceder de forma directa, con carácter excepcional, subvenciones que acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente justificadas que dificultan su convocatoria pública.

En el marco de las medidas y actuaciones destinadas a hacer frente a las consecuencias sociales y económicas consecuencia de la crisis sanitaria, provocada por la pandemia COVID-19, se ha detectado una necesidad especial en la población gitana que requiere una actuación de extrema urgencia, y especialmente en aquellos barrios donde mayoritariamente vive dicha población, en los principales municipios de la Comunitat Valenciana.

Existen razones de interés público, social y humanitario para atender, en este ejercicio, con financiación pública, una serie de actuaciones cuyo objetivo es atender las necesidades básicas de las familias gitanas en mayor situación de vulnerabilidad, así como establecer nexos entre ellas y los diferentes recursos públicos (sociales, educativos, sanitarios y laborales) existentes en las diferentes administraciones.

Asimismo, con esta concesión directa de subvenciones, se garantiza la atención de las necesidades de una población que está sufriendo especialmente esta crisis, y de esta manera contribuir a la cohesión, equilibrio y equidad territorial, de acuerdo con los principios rectores que garantiza la Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de Servicios Sociales Inclusivos de la Comunitat Valenciana, como servicios esenciales.

Las subvenciones que se conceden mediante este decreto, no necesitan de la notificación a la Comisión Europea, por no cumplir las condiciones del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea; en concreto, por no suponer ventaja económica, ya que las entidades a que van dirigidas las subvenciones no ejercen actividad económica que pueda ofrecer bienes o servicios en el mercado, y no hay posibilidad de falseamiento de la competencia que afecte a los intercambios comerciales entre estados miembros; habiéndose aplicado lo dispuesto en el Decreto 128/2017, de 29 de septiembre, del Consell.

En virtud de lo expuesto, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 168.1.C de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, a propuesta de la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, previa deliberación del Consell, en la reunión de 17 de julio de 2020,

DECRETO

Artículo 1 Objeto

Este decreto tiene por objeto aprobar las bases para la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, en el marco de la respuesta institucional ante la pandemia COVID-19, a determinadas entidades del tercer sector de acción social sin ánimo de lucro que realizan intervención con la población gitana, con el fin de mejorar la atención, protección y calidad de vida de dichas personas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2 Razones de interés público que concurren en su concesión e imposibilidad de su convocatoria pública
  1. Estas subvenciones se conceden de forma directa, en aplicación de lo que prevé el art. 22.2.c de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el artículo 168.1.C de la Ley 1/2015.

    Estas subvenciones tienen carácter singular, derivado del carácter extraordinario, determinado por razones de interés público y social que fundamentan la necesidad de concesión directa.

  2. En concreto, las razones de interés público y social que justifican el otorgamiento directo de la subvención a las entidades beneficiarias radican en el especial interés que supone, en el contexto de las consecuencias sociales y económicas provocadas por la pandemia COVID-19, la implementación de programas de acción comunitaria con la población gitana en barrios inclusivos, cuyo objetivo es atender las necesidades básicas de las familias gitanas, colaborar con los servicios sociales en su acercamiento para facilitar la intervención integral a través de los recursos públicos, y paliar la brecha digital y educativa existente en parte de esta población y que dificulta su acceso normalizado a los derechos básicos.

  3. Dado el objeto específico y la necesidad de garantizar la atención a las personas usuarias de estos programas, se requiere una concesión directa y no procede una convocatoria pública.

Artículo 3 Órgano gestor

Corresponde a la dirección general competente en materia de diversidad étnica y...

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