DECRETO 49/2018, de 27 de abril, del Consell, de nombramiento de miembros del Consejo Valenciano del Cooperativismo. [2018/4628]

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

El artículo 122 del texto refundido de la Ley de cooperativas de la Comunitat Valenciana, aprobado por Decreto legislativo 2/2015, de 15 de mayo, del Consell, establece que la composición del Consejo Valenciano del Cooperativismo se determinará reglamentariamente y que el número de personas miembros representantes del cooperativismo, cuya designación corresponde a la Confederació de Cooperatives de la Comunitat Valenciana, no será inferior al resto de personas miembros nombradas por el Consell.

La composición actual del Consejo Valenciano del Cooperativismo se fija en el Decreto 206/2017, de 15 de diciembre, del Consell, por el que se regula el Consejo Valenciano del Cooperativismo.

El artículo 8 del Decreto 206/2017 establece que el Consejo estará compuesto por cinco personas miembros natos, que serán, por parte de la Administración de la Generalitat, las personas titulares de la conselleria, secretaría autonómica y dirección general con competencias en materia de cooperativas y, por parte del cooperativismo, quienes ostenten la Presidencia y la Secretaría de la Confederació de Cooperatives de la Comunitat Valenciana y por nueve personas miembros, de carácter electivo, nombradas por el Consell, cuatro de ellas, personas con experiencia reconocida en materia de cooperativismo o con competencias administrativas relacionadas con dicha materia, a propuesta de la persona titular de la conselleria competente en materia de cooperativas; y las cinco restantes a propuesta de la Confederació de Cooperatives de la Comunitat Valenciana. Cada una de las respectivas propuestas de nombramiento de las personas miembros electivas incluirá la de un número igual de suplentes, que las sustituirán en caso de vacante, pudiendo contener un orden de preferencia entre las mismas. Serán nombradas por el Consell.

La disposición transitoria única del Decreto 206/2017 establece que en la primera reunión del Consejo Valenciano del Cooperativismo a la que asistan después de su entrada en vigor, tomarán posesión como personas...

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