DECRETO 4/2018, de 26 de marzo, del president de la Generalitat, por el que se resuelve la sustitución de la titular de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, y se delegan determinadas atribuciones. [2018/3110]

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorPresidencia de la Generalitat
Rango de LeyDecreto

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.1.i de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, corresponde al president de la Generalitat resolver la sustitución de los miembros del Consell en casos de ausencia o enfermedad.

Ante el próximo alumbramiento de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, resulta necesario establecer la suplencia de sus funciones durante el tiempo que la misma se acoja al permiso de maternidad.

De otro lado, la experiencia en la gestión, el principio de eficacia que rige la actuación de las administraciones públicas, y el volumen y la diversidad de asuntos que deben ser resueltos por la persona que asuma la suplencia de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, aconsejan delegar el ejercicio de parte de sus competencias en otros órganos de la Conselleria, a efectos de dotar de mayor agilidad a la gestión de los asuntos de su ámbito de competencias, y hacerlo, en mayor medida, cuanta mayor trascendencia tengan los asuntos, en el órgano superior de la Conselleria.

En virtud de todo lo expuesto, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 12.1.j y 63.1 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y en los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público,

DECRETO

Artículo 1 Asunción de las funciones de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del territorio, en su condición de miembro del Consell

Las funciones de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del territorio, en su condición de miembro del Consell, en cuanto a la asistencia a las reuniones del Consell, y en cuanto se refiere a las propuestas de nombramiento y cese de los altos cargos del departamento, a la preparación y presentación al Consell de los anteproyectos de Ley, propuestas de acuerdo y proyectos de decreto relativos a las cuestiones propias de su departamento y ratificación de estos últimos una vez aprobados, y a la propuesta de aprobación de la estructura y organización de la Conselleria, serán asumidas por la Presidencia de la Generalitat.

Artículo 2 Asunción de la representación orgánica y las funciones de la consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del territorio, en su condición de titular del departamento, y delegación de atribuciones
  1. La representación orgánica de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio es asumida por la Presidencia de la Generalitat, que también asume las funciones que corresponden a la consellera, en su condición de titular del departamento, las cuales se delegan en los órganos y en las materias que se relacionan en el anexo al presente decreto, hasta la finalización de esta suplencia.

  2. Dicha delegación de atribuciones podrá ser revocada en cualquier momento por el órgano delegante, de conformidad con lo establecido en el artículo 63.5 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y en el artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Asimismo, las atribuciones delegadas en la presente resolución podrán ser avocadas, en los términos y con los requisitos que establece el artículo 10 de esta última norma.

  3. Las resoluciones que se dicten en virtud de la delegación conferida por este decreto se entienden dictadas por el órgano delegante y agotan la vía administrativa, de conformidad con lo establecido en los artículos 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y 114.c de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  4. Siempre que se haga uso de esta delegación de competencias, deberá hacerse constar dicho extremo en la resolución adoptada, de conformidad con lo establecido en el artículo 9.4 de la citada Ley 40/2015 y en el artículo 63.6 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell.

Artículo 3 Mención expresa al presente decreto

Las resoluciones y actos que se dicten durante este período de suplencia, o aquellas atribuciones que se ejerzan por delegación deberán hacer referencia expresa al presente decreto.

Artículo 4 Efectos
  1. Queda sin efecto la Resolución de 1 de agosto de 2014, de la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, sobre delegación del ejercicio de competencias en determinados órganos de la Conselleria.

  2. El presente decreto producirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

    València, 26...

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