DECRETO 35/2020, de 13 de marzo, del Consell, de modificación del Decreto 40/2016, de 15 de abril, por el cual se regula la admisión en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato. [2020/2728]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Educación, Cultura y Deporte
Rango de LeyDecreto

El Consell, en cumplimiento de aquello que establece la normativa básica estatal y la normativa autonómica, y dentro del ámbito de sus competencias reguló la admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato, mediante el Decreto 40/2016, de 15 de abril.

Este decreto supuso un cambio en la regulación del proceso de admisión, respecto del que se estaba aplicando con anterioridad. La nueva normativa cumplía con el objetivo de asegurar un procedimiento de acceso al sistema educativo con la mayor transparencia, eficacia y eficiencia posible, así como garantizar el ejercicio real de la libertad de elección de centro por parte de las familias, estructurando un procedimiento objetivo de concurrencia para que el acceso a los centros solicitados se realizará de acuerdo con los criterios de prioridad y puntuación que se establecieron en el decreto.

Sin embargo, por la experiencia de su aplicación a lo largo de estos cuatro años, se ha considerado oportuno realizar algunas modificaciones para mejorar la eficacia del procedimiento de escolarización y de consolidar el objetivo de que todo el alumnado acceda en condiciones de igualdad. En este sentido, la presente modificación de la norma incorpora también el derecho a la escolarización, en su propio municipio o zona de escolarización establecida, se modifican los criterios de puntuación relativos a la renta familiar, otorgando una puntuación más progresiva en función de la renta familiar, y al mismo tiempo se simplifican algunos trámites del procedimiento.

El Decreto 104/2018, de 2 de julio, del Consell, por el que se desarrollan los principios de equidad y de inclusión en el sistema educativo valenciano, establece en su capítulo IV referido a la escolarización, unos criterios generales relativos a la escolarización del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo y del alumnado en situaciones que requieren medidas para la compensación de las desigualdades.

Con posterioridad a la publicación del Decreto 40/2016 se ha aprobado y publicado diversa normativa que tiene que ser aplicada al procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados en los cuales se imparten las enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria, ESO y Bachillerato.

La Ley 6/2017, de 24 de marzo, de la Generalitat, derogó íntegramente la Ley 6/2009, de 30 de junio, de la Generalitat, de protección de la maternidad, dejando por lo tanto sin efecto el apartado 2 del artículo 36 del Decreto 40/2016, de 15 de abril, del Consell. Con esta derogación las hijas o los hijos no nacidos de las madres gestantes no se tienen que computar como miembros de la unidad familiar a los efectos de valorar el criterio de renta, familia numerosa o familia monoparental, y por este motivo se debe eliminar su referencia en el articulado de esta norma.

La Ley 19/2017, de 20 de diciembre, de la Generalitat, de renta valenciana de inclusión, en su artículo 17.1 establece que la condición de persona destinataria de la renta valenciana de inclusión constituirá un supuesto de valoración específico a tener en cuenta en el acceso a la obtención de plaza en centros educativos en cualquier etapa educativa y de formación reglada, así como en los cursos preparatorios para el acceso a los ciclos formativos de cualquier nivel del sistema educativo, de acuerdo con aquello que se disponga al respeto en la normativa sectorial. Posteriormente, mediante la Ley 27/2018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, se añadió una disposición transitoria quinta a la Ley 19/2017 por la cual se otorgaba una puntuación determinada mientras no se modificara la normativa sectorial.

Por eso, mediante la presente modificación del Decreto 40/2016 se incluye, en el apartado de los criterios para la valoración de las solicitudes, en el apartado de la renta familiar, y en el apartado de desempates, la valoración específica en el proceso de admisión para aquellas perso-

nas destinatarias de la renta valenciana de inclusión y de este modo dar por cumplido aquello que establece tanto en el artículo 17.1 como en la disposición transitoria quinta de la Ley 19/2017.

La Ley 4/2018, de 21 de febrero, de la Generalitat, que regula y promueve el plurilingüismo en el sistema educativo valenciano, establece que a partir del curso 2020-21 existirá un único programa plurilingüe denominado Programa de Educación Plurilingüe e Intercultural, motivo por el cual corresponde eliminar todas aquellas referencias a los anteriores programas plurilingües.

La Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, recoge la prioridad en el acceso al centro educativo de las niñas, niños y adolescentes en acogida residencial, en acogida familiar o en guarda...

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