DECRETO 213/2018, de 23 de noviembre, del Consell, por el que se crea y regula el Observatorio Valenciano de Salud. [2018/11368]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

Proporcionar información de calidad, orientada a las audiencias y agentes de interés, que facilite la consecución de objetivos de salud, que capacite a la ciudadanía para controlar su salud y los factores que influyen sobre la misma y que promueva acciones transformadoras para mejorar la salud y reducir las desigualdades en salud en la población, es uno de los compromisos de gobierno de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

El Decreto 56/2016, del Consell, de 6 de mayo, por el que se aprueba el Código de Buen Gobierno de la Generalitat, establece la obligación por parte de los poderes públicos de promover la mejora de la calidad y el uso compartido de estadísticas y bases de datos, portales de gobierno en línea y, en general, todo lo que facilite la labor interna del personal empleado y el mejor acceso de la ciudadanía a la información y a los servicios públicos.

Una de las funciones esenciales de la salud pública es la valoración de las necesidades de salud de la población a través de la medición y el análisis de los determinantes de la salud, con especial atención sobre los determinantes sociales y las desigualdades en salud. Así, la Ley 33/2011, de 4 de octubre, general de salud pública, reconoce el derecho de las personas, directamente o a través de las organizaciones en que se agrupen o que las representen, a la información en materia de salud pública, y refiere la necesidad de generar sistemas de información en materia de salud pública integrados por indicadores basados, entre otros, en los criterios de la Organización Mundial de la Salud y de la Unión Europea.

Se ha observado el principio de transparencia, definiendo claramente en este preámbulo los objetivos y la justificación de la norma y posibilitando el acceso a los documentos durante el proceso de elaboración de la misma, de conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de transparencia, buen gobierno y participación ciudadana de la Comunitat Valenciana.

La Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalitat, de salud de la Comunitat Valenciana, en su artículo 26 establece el sistema de información en salud pública como la estructura organizada de información sanitaria, vigilancia y acción en salud pública en la Comunitat Valenciana. En ese mismo artículo se estipula que dicho sistema estará integrado, como mínimo, por las estadísticas, registros y encuestas que midan la salud de la población de la Comunitat Valenciana y sus condicionantes, así como por la información sobre políticas y actuaciones de salud pública en todos los ámbitos de acción. Con anterioridad, ya el Decreto 15/2010, de 15 de enero, del Consell, regulaba un sistema de información en salud pública en la Comunitat Valenciana. Sin embargo, en la situación actual se hace necesario una revisión de esta regulación normativa, añadiendo nuevas funcionalidades y conceptos.

La información relacionada con la salud pública en ocasiones no está fácilmente disponible y con frecuencia está fragmentada y dispersa en varias fuentes. Por ello, es necesario integrar datos e información de fuentes muy variadas para obtener una visión conjunta de la salud en un territorio que permita la realización de acciones de planificación y la actuación en salud y, simultáneamente, garantice el derecho de acceso a la información y promueva la participación de todos los agentes relevantes en la coproducción de salud. La ciudadanía y profesionales de la salud y de otros sectores relacionados requieren información accesible, comprensible y oportuna sobre la situación de salud colectiva en su entorno de vida y decisión.

En los últimos años han proliferado en todo el mundo los denominados observatorios de salud, plataformas en las que se presenta de forma comprensible información relevante para la salud y cuyo objetivo general es el de facilitar el diseño y la evaluación de las políticas y acciones públicas en esta materia. En España, diversas comunidades autónomas y ciudades ya han organizado observatorios de salud o de salud pública para cubrir estos fines.

En este sentido, la reciente modificación de la Ley 10/2014 operada por Ley 8/2018, de 20 de abril, de la Generalitat, establece en su artículo 27 bis el mandato de creación del Observatorio Valenciano de Salud como espacio de información en salud, de acceso público, que incluya la información relevante seleccionada sobre resultados en salud y determinantes para la población de la Comunitat Valenciana. El Observatorio tendrá el objetivo principal de proporcionar información útil para las políticas de salud locales.

Estas razones, de conformidad con los principios de necesidad y eficacia, fundamentan esta disposición, con el objetivo de garantizar la salud colectiva y la...

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