DECRETO 210/2015, de 20 de noviembre, del Consell, por el que se aprueba el cambio de denominación del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Valencia por la de Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Valencia y Castellón.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

La Constitución Española, en el artículo 149.1.18, reserva al Estado la competencia sobre las bases del régimen jurídico de las administra· ciones públicas y, en el artículo 36 prevé que la ley regulará las peculia· ridades propias del régimen jurídico de los colegios profesionales. La legislación básica en esta materia, dictada por el Estado, se encuentra recogida en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre colegios profesiona· les, con sus modificaciones posteriores.

Por su parte, l'Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, en su artículo 49.1.22.ª, confiere a la Generalitat competencia exclusi· va en materia de colegios profesionales y ejercicio de las profesiones tituladas, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 36 y 139 de la Constitución.

En ejercicio de estas competencias se promulgó la Ley 6/1997, de 4 de diciembre, de la Generalitat, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, cuyo artículo 9.2 dispone que el cambio de denominación de un colegio requerirá el acuerdo previo de este y el informe del Consejo Valenciano de Colegios correspondiente, y deberá ser aprobado mediante decreto del Consell.

El Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Valencia se encuentra inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y de Conse· jos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, con el número 1 de la Sección Primera, mediante asiento practicado por los órganos competentes de la Generalitat el 16 de septiembre de 2002.

El presidente de la citada corporación presentó, en fecha 8 de sep· tiembre de 2014, un escrito instando la inscripción en el Registro de Colegios Profesionales y de Consejos Valencianos de Colegios Profe· sionales de la Comunitat Valenciana de la modificación de sus Estatutos.

El Servicio de Entidades Jurídicas de la Conselleria de Gobernación y Justicia remitió, en fecha 30 de septiembre de 2014, oficio al colegio al objeto de que subsanase su escrito de 8 de septiembre de 2014, al comprobarse que la nueva redacción estatutaria aportada implicaba un cambio en la denominación del colegio.

Con fecha 13 de octubre de 2014, el colegio remitió nuevo escrito en el que manifestaba su voluntad de proceder al cambio de denomina· ción del colegio. A dicho escrito se acompañaba el certificado de 8 de octubre de 2014, de la secretaria, con el visto bueno del presidente, del Acuerdo...

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