DECRETO 175/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo [2020/9934]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
Rango de LeyDecreto

Mediante el Decreto 5/2019, de 16 de junio, del presidente de la Generalitat, se determinaron las consellerias en las que se estructura la Administración de la Generalitat, y se les asignó, al mismo tiempo, el ámbito competencial material que es propio de cada una.

En cuanto a la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, se le atribuyen las competencias en materia de economía sostenible, fomento de la ocupación y de la economía social, formación profesional ocupacional y contínua, intermediación en el mercado laboral, industria, energía, sectores productivos, comercio interior y exterior, ferias sectoriales y actividades promocionales, artesanía y consumo.

En desarrollo del anterior, el Decreto 105/2019, de 16 de julio, del Consell, estableció la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias, y diseñó el nivel directivo de acuerdo con las competencias asignadas.

Sin embargo, el marco normativo vigente, constituido por la legislación básica del Estado, así como por las normas legales y reglamentarias dictadas por la Generalitat, atribuyen de manera genérica a esta conselleria, competencias específicas en otra serie de materias relacionadas con las anteriores. En ese sentido hay que mencionar las siguientes:

- Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de garantía de unidad de mercado.

- Ley 23/2015, de 21 de julio, ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

- Ley 3/2015, 2 abril, de la Generalitat, cámaras de comercio, industria, servicios y navegación de la Comunitat Valenciana.

- Decreto Legislativo 2/2015, de 15 de mayo, del Consell, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de cooperativas de la Comunitat Valenciana.

- Ley 18/2018, de 13 de julio, de la Generalitat, para el fomento de la responsabilidad social.

- Decreto 125/2014, de 25 de julio, del Consell, sobre ferias comerciales de la Comunitat Valenciana.

- Los reales decretos de transferencia de competencias y servicios traspasados a la Comunitat Valenciana, en especial las referidas a materia laboral, seguros, así como las relativas a industria, energía y minas.

Así como las diferentes leyes de creación de las entidades del sector público adscritas y dependientes de esta conselleria, en la medida que la persona titular del departamento, dirige, impulsa, coordina y ejecuta la acción política y administrativa en las materias de sus competencias.

Partiendo de esta estructura orgánica básica, y al amparo del que dispone el artículo 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, se hace necesario proceder a la aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, para adecuarla al marco normativo y régimen competencial vigente, que determine las funciones que se atribuyen a los órganos superiores y centros directivos que la componen. Tal como ha establecido el citado Decreto 105/2019, de 16 de julio, del Consell, tras la aprobación del presente Reglamento orgánico y funcional, el nivel administrativo se desarrollará mediante orden de la Conselleria.

Por todo esto, de conformidad con lo establecido en los artículos 28.

  1. y 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, previa deliberación del Consell, en la reunión de 30d'octubre de 2020,

DECRETO

TÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 a 4
Artículo 1 Competencias de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
  1. La Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo es el departamento del Consell al que corresponde

    el ejercicio de las competencias en materia de economía sostenible; sectores productivos, industria, energía; comercio exterior; comercio interior, ferias sectoriales y actividades promocionales, artesanía y consumo; así como en materia de fomento de la economía social; fomento de la ocupación, formación profesional ocupacional y continua y la intermediación en el mercado laboral.

  2. Así mismo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 3/2015, de 2 de abril, de Cámaras de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana, y en el Decreto 125/2014, de 25 de julio, del Consell, sobre ferias comerciales de la Comunitat Valenciana, le corresponden las competencias de tutela de las cámaras de comercio y las instituciones feriales de la Comunitat Valenciana.

  3. Además la persona titular de la conselleria, y como persona que ejerce la presidencia del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), ejercerá la dirección, tutela y supervisión en materia de innovación para la competitividad y modernización de las pequeñas y medianas empresas y áreas industriales, así como la coordinación y apoyo en materia de I+D+i empresarial de la Red de Institutos Tecnológicos de la Comunitat Valenciana.

  4. Bajo la superior autoridad de la persona titular del departamento, la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, dirige, impulsa y ejecuta, la acción política y administrativa en las materias de su competencia y de aquellas que le sean conferidas por la legislación vigente.

Artículo 2 Órganos superiores y centros directivos
  1. Bajo la autoridad de la persona titular del departamento, la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo se estructura en los órganos superiores y centros directivos siguientes:

  1. Secretaría Autonómica de Economía Sostenible, Sectores Productivos,Comercio y Consumo.

  2. Secretaría Autonómica de Empleo

  3. Subsecretaría.

  4. Dirección General de Economía Sostenible.

  5. Dirección General de Emprendimiento y Cooperativismo.

  6. Dirección General de Industria, Energía y Minas.

  7. Dirección General de Internacionalización.

  8. Dirección General de Comercio, Artesanía y Consumo.

  9. Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral.

2 Por razón del ámbito territorial en el que se ejercen las atribuciones, los órganos de la Conselleria se clasifican en servicios centrales y servicios periféricos.

Artículo 3 Nivel administrativo

El nivel administrativo está constituido por todas las unidades de esta naturaleza dependientes directamente de los órganos superiores y nivel directivo del departamento.

Artículo 4 Entidades del sector público adscritas y dependientes
  1. Se encuadran en la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, las siguientes entidades del sector público de la Generalitat:

    1. Los organismos autónomos LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación y el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT).

    2. El ente de derecho público Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE).

    3. La Fundación Tribunal de Arbitraje Laboral de la Comunitat Valenciana.

    4. El Consorcio de Gestión del Centro de Artesanía de la Comunitat Valenciana.

  2. Presidido por la persona titular de la Conselleria, a través de la Secretaría Autonómica de Empleo, se adscribe LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, a quien corresponde el impulso y ejecución de la política de la Generalitat en materia de ocupación.

  3. A través de la dirección general competente en materia de seguridad laboral, se adscribe el Instituto Valenciano de Seguridad y Salud en el Trabajo (INVASSAT), órgano científico-técnico en materia de prevención de riesgos laborales, de asesoramiento y asistencia técnica y servicio de prevención de riesgos laborales de la Administración de

    la Generalitat, exceptuando el sector sanitario. De conformidad con lo previsto en su ley de creación, la persona titular de la Conselleria ejerce su presidencia.

  4. El Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), ejerce las competencias que le atribuye su ley de creación y la normativa que la despliega, y mantendrá la debida colaboración con los diferentes centros directivos de la Conselleria en sus respectivos ámbitos competenciales.

    Presidido por la persona titular de la Conselleria, a quien corresponde la dirección estratégica, la evaluación y el control de su actividad, bajo su dependencia directa se sitúa la Dirección General del IVACE.

  5. La Fundación Tribunal de Arbitraje Laboral de la Comunitat Valenciana, cuya finalidad principal es el fomento del consenso social y la resolución de los conflictos laborales mediante el ejercicio de funciones de conciliación, mediación y arbitraje en beneficio de las empresas y personas trabajadoras de la Comunitat Valenciana, depende de la dirección general competente en materia de trabajo.

  6. El Consorcio de Gestión del Centro de Artesanía de la Comunitat Valenciana, que tiene como...

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