DECRETO 103/2018, de 27 de julio, del Consell, por el que se modifica el Decreto 87/2017, de 7 de julio, del Consell, por el aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas. [2018/7907]

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
Rango de LeyDecreto

Mediante decreto del Consell, de esta misma fecha, se ha modificado la estructura básica de la Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, con el fin de lograr una mayor eficiencia en la asignación de las competencias a los diferentes órganos superiores y directivos del departamento.

En concreto esta reordenación afecta a la gestión de las consultas populares y procesos electorales, y al ámbito de la gestión de la mediación.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 64 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, a propuesta de la consellera de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, y previa deliberación del Consell, en la reunión de 27 de julio de 2018,

DECRETO

Artículo 1

Modificación del artículo 7 del Decreto 87/2017 que queda redactado como sigue:

Artículo 7. De la Secretaría Autonómica de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas

1. La Secretaría Autonómica de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, bajo la dependencia de la persona titular de la conselleria y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 5/1983 dirige y coordina los centros directivos y las unidades administrativas integradas en estos últimos, que se adscriben bajo su dependencia.

2. Asume las competencias que le atribuye el artículo 68 de la Ley 5/1983, en materia de infraestructuras judiciales, gestión y formación del personal al servicio de la administración de Justicia, planificación de la Oficina Judicial, justicia gratuita, víctimas del delito, victimas del terrorismo, colegios profesionales, asociaciones, fundaciones, registros y notariado, uniones de hecho y mediación, reformas democráticas, memoria democrática, relaciones con la profesión titulada de gestor administrativo; así como las de ordenación, selección, provisión, relaciones sindicales y formación del personal al servicio de la administración de la Generalitat.

3. Le corresponde impulsar y coordinar la consecución de los programas y la ejecución de los proyectos que desempeñen los centros directivos y los entes adscritos a la conselleria, en materia de justicia, función pública y memoria democrática, que estén bajo su dependencia, controlando y supervisando el cumplimiento de los objetivos.

4. Le corresponde asimismo resolver los recursos que se interpongan contra las resoluciones de los centros directivos que estén bajo su dependencia y cuyos actos no agoten la vía administrativa.

Artículo 2

Modificación del artículo 10 del Decreto 87/2017 que queda redactado como sigue:

Artículo 10. De la Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia

1. La Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia, es el centro directivo de la Secretaría Autonómica de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas, que ejerce las competencias establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, así como las correspondientes en materia de instrumentos que profundicen en el desarrollo democrático, memoria democrática, atención a víctimas de delito, ayudas a las víctimas del terrorismo, asistencia jurídica gratuita, mediación y relaciones con la profesión titulada de gestor administrativo.

2. En especial, tiene atribuidas las siguientes competencias:

a) Organizar, ejecutar y controlar la política de la Generalitat en materia de atención a la víctima del delito a través de la red de oficinas de atención a las víctimas del delito y relaciones con los órganos judiciales de la Comunitat Valenciana.

b) Llevar la gestión en materia de ayuda a las víctimas del terrorismo, así como las iniciativas en reconocimiento a las mismas.

c) Organizar, ejecutar y controlar la asistencia jurídica gratuita, de conformidad con lo dispuesto en la normativa estatal y autonómica valenciana.

d) Implantar, desarrollar e impulsar en todos los ámbitos medidas encaminadas a la desjudicialización de conflictos así como la mediación y otros mecanismos alternativos de resolución de los mismos.

e) Promocionar los derechos y libertades fundamentales reconocidos en la Constitución y el resto del ordenamiento jurídico.

f) Impulsar todas aquellas medidas que contribuyan a la recuperación de la memoria democrática valenciana en el marco de la normativa vigente sobre la materia. Esta competencia se ejercerá en colaboración con la conselleria competente en materia de participación ciudadana.

g) Las relaciones con la profesión titulada de gestor administrativo.

3. La Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia se estructura del siguiente modo:

- Subdirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia.

4. De la Subdirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia.

La Subdirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia tiene atribuida, bajo la supervisión de la persona titular de la dirección general, la coordinación de los servicios adscritos, la coordinación externa con otras administraciones públicas en materia de reformas democráticas, víctimas de delito, asistencia jurídica gratuita, mediación y la representación de la dirección general en las tareas...

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