DECRETO 198/2003, de 3 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen los criterios de selección aplicables en los procedimientos de autorización de nuevas Oficinas de Farmacia. [2003/X10713]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Sanidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 198/2003, de 3 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen los criterios de selección aplicables en los procedimientos de autorización de nuevas Oficinas de Farmacia. [2003/X10713]

El artículo 5 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de la Generalitat, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana, exige autorización administrativa previa para la creación, apertura y funcionamiento, ampliación, modificación, traslado o cierre, de las Oficinas de Farmacia, a la vez que otorga a la Conselleria de Sanidad la competencia para el trámite y resolución de los expedientes derivados de la misma.

El artículo 18 de la citada Ley 6/1998, recientemente modificado por la Ley 5/2003, de 28 de febrero, de la Generalitat, fija la necesidad de establecer un procedimiento administrativo específico para la autorización de nuevas Oficinas de Farmacia; así mismo, establece que la autorización se realizará de acuerdo a criterios de selección a establecer reglamentariamente, que tendrán en cuenta: la experiencia profesional, preferentemente en oficinas de farmacia de la Comunidad Valenciana, especialmente en poblaciones de menos de 800 habitantes, la valoración mediante una prueba escrita de los conocimientos de atención sanitaria y farmacéutica, el curriculum académico, la formación profesional complementaria, docencia e investigación y el conocimiento del valenciano y el de otras lenguas de la Unión Europea. Todo ello con el objetivo de adecuar el perfil de los farmacéuticos que aspiran a obtener la autorización para la apertura de una nueva Oficina de Farmacia a un perfil ideal en cuanto a la experiencia, formación y entorno sociosanitario en el que desempeñarán su actividad profesional los farmacéuticos seleccionados.

El Decreto 149/2001, de 5 de octubre, del Consell de la Generalitat, por el que se establece el procedimiento para la autorización de nuevas Oficinas de Farmacia, dio cumplimiento al primero de los requerimientos de la Ley 6/1998, de 22 de junio, configurando el mismo en dos partes diferenciadas: una primera el procedimiento para la autorización de apertura de nuevas Oficinas de Farmacia propiamente dicha y un segundo procedimiento para la adjudicación de estas autorizaciones entre los farmacéuticos que lo soliciten.

La presente norma desarrolla reglamentariamente los criterios de selección que, sin ser requisitos legalmente exigibles para ser titular de una Oficina de Farmacia abierta al público, se establecen con el fin de seleccionar objetivamente las solicitudes que se formulen en el procedimiento de adjudicación de las autorizaciones de apertura de nuevas Oficinas de Farmacia previsto en el citado Decreto 149/2001, de 5 de octubre, del Consell de la Generalitat. La especial trascendencia de la materia objeto de reglamentación, que desarrolla la Ley 6/1998, de 22 de junio, aconseja, siguiendo el criterio manifestado por el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana, que se adopte con rango de Decreto del Consell de la Generalitat.

La disposición final primera de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana, autoriza al Consell de la Generalitat y a la Conselleria de Sanidad para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para su desarrollo y aplicación.

En su virtud, a propuesta del conseller de Sanidad, conforme con el Consejo Jurídico de la Comunidad Valenciana y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 3 de octubre de 2003, DECRETO

Artículo 1

El presente decreto tiene por objeto establecer los criterios de selección y su correspondiente valoración que se aplicarán, en el ámbito de la Comunidad Valenciana, en los procedimientos de autorización de nuevas Oficinas de Farmacia regulados en el Decreto 149/2001, de 5 de octubre, del Consell de la Generalitat.

Artículo 2

Al objeto de efectuar las correspondientes valoraciones de los méritos y circunstancias de selección previstos en el anexo del presente Decreto, se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR