DECRETO 189/2007, de 5 de octubre, del Consell, por el que se modifica el Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, por el que se creó la Comisión Interdepartamental de Inmigración.
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Conselleria de Inmigración y Ciudadanía |
Rango de Ley | Decreto |
DECRETO 189/2007, de 5 de octubre, del Consell, por el que se modifica el Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, por el que se creó la Comisión Interdepartamental de Inmigración. [2007/12289] Por el Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, se creó la Comisión Interdepartamental de Inmigración, modificado, con posterioridad, por los Decretos 88/2002, de 30 de mayo, y 152/2006, de 6 de octubre, ambos del Consell.
El Decreto 92/2007, de 6 de julio, del Consell, estableció la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerías de la Generalitat. Las modificaciones producidas afectan directamente a la composición de la Comisión Interdepartamental de Inmigración, estimándose oportuna la adaptación del Decreto que la regula a la nueva organización.
En virtud de lo expuesto, de acuerdo con lo establecido en la Ley del Consell, a propuesta del conseller de Inmigración y Ciudadanía, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 5 de octubre de 2007, DECRETO
Todas las referencias hechas a la 'conselleria de Bienestar Social', a lo largo del articulado del Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, se sustituyen por la 'conselleria con competencia en materia de inmigración'.
Se modifica el artículo 2 del Decreto 33/2002, de 26 de febrero, del Consell, cuya redacción queda como sigue:
'La Comisión Interdepartamental de Inmigración estará compuesta por los siguientes miembros:
-
Presidente: el titular de la conselleria competente en materia de inmigración.
-
Vicepresidente: el titular de la Secretaría Autonómica competente en materia de inmigración.
-
Vocales:
Un representante con cargo de titular de Dirección General o Superior, en representación de cada una de las siguientes consellerias:
De la que tenga la competencia en materia de economía, hacienda y empleo.
De la que tenga competencias en materia de bienestar social.
De la que tenga competencias en materia de infraestructuras y transportes.
De la que tenga competencias en materia de educación.
De la que tenga competencias en materia de cultura y deporte.
De la que tenga competencias en materia de sanidad.
De la que tenga competencias en materia de industria, comercio e...
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