RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2003, de la Universidad Politécnica de Valencia, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al grupo A, sector administración especial, asesor lingüístico, por el sistema de promoción interna (Código: 2002/P/FC/C/74). [2003/11314]    

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidad Politecnica de Valencia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2003, de la Universidad Politécnica de Valencia, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso al grupo A, sector administración especial, asesor lingüístico, por el sistema de promoción interna (Código: 2002/P/FC/C/74). [2003/11314]

Con el fin de atender las necesidades de personal en esta Administración Pública encargada del servicio público de la educación superior, este Rectorado de conformidad con lo dispuesto en el art. 75 de la Ley Orgánica 6/2001 de 21 de diciembre, de Universidades así como el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana y Decreto 33/1999, de 9 de marzo del Gobierno Valenciano, acuerda convocar pruebas de acceso al grupo A, sector Administración especial, asesor lingüístico de la Universidad Politécnica de Valencia, con arreglo a las siguientes bases:

  1. Objeto de la Convocatoria.

    1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la selección de personal para cubrir 3 plazas vacantes del grupo A, sector Administración especial, asesor lingüístico de la Universidad Politécnica de Valencia, por los turnos y cupo que a continuación se indican como ampliación de la Oferta de Empleo de esta Universidad Politécnica de Valencia para el año 2002:

    Promoción interna: 3

    1.2. La realización de las presentes pruebas selectivas se ajustará a lo previsto en el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública Valenciana y normativa de desarrollo.

  2. Condiciones generales de los aspirantes.

    2.1. Para ser admitido a estas pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Los aspirantes que concurran a las presentes pruebas selectivas deberán ser personal funcionario de carrera de la Universidad Politécnica de Valencia del Grupo B, sector administración especial, técnico medio en promoción lingüística y haber estado como mínimo dos años en puestos clasificados de administración especial, grupo B, categoría técnico medio en promoción lingüística.

    2. Estar en posesión del título de doctor, licenciado, ingeniero, arquitecto o equivalente, o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de las profesiones consideradas reguladas en virtud del Real Decreto 1655/1991, de 25 de octubre.

    3. Estar en posesión del Certificado de Grado Superior de Conocimientos de Valenciano o titulación homologada oficialmente.

    2.2. Las condiciones para ser admitido a las pruebas, deberán reunirse en el momento de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

  3. Solicitudes

    3.1. Forma. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán presentar una instancia, conforme a modelo oficial, que deberá ser impresa a través de la página de Internet, de acceso público, de la Universidad Politécnica de Valencia (www.upv.es/rrhh).

    Cada instancia tendrá asignado un número de referencia identificativo que será diferente para cada una.

    Deberá presentarse necesariamente un juego de tres copias impresas mediante la página de Internet mencionada (copias para Registro General, Servicio de Recursos Humanos e interesado).

    En las dependencias de la Universidad Politécnica de Valencia se pondrá a disposición de los interesados que lo requieran los recursos informáticos suficientes para acceder a dicha página web, rellenar e imprimir la instancia 3.2 El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, debiendo adjuntar una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o del Pasaporte en el caso de los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores y trabajadoras.

    3.3 La presentación de solicitudes se podrá efectuar en el Registro General de la Universidad Politécnica de Valencia, Camino de Vera s/nº, CP 46071, de Valencia; en el Registro de la Escuela Politécnica de Alcoi sito en la plaza Ferrandiz y Carbonell s/nº de Alcoi; en el Registro de la Escuela Politécnica de Gandia sito en la carretera Nazaret-Oliva s/nº del Grao de Gandia, o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, redactado conforme a la Ley 4/1999, de 13 de enero.

    En el caso de que se optara por presentar la solicitud ante una oficina de correos, se hará en sobre abierto, para que la instancia sea fechada y sellada por el funcionario de correos antes de ser certificada. De no hacerse de esta manera se considerará presentada en la fecha de entrada en cualquiera de los lugares establecidos en el párrafo anterior.

    Las solicitudes suscritas en el extranjero, podrán cursarse, en el plazo expresado en la base 3.2, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado/a adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

    3.4 Los derechos de examen serán de 23,74 e, que se ingresarán en la cuenta corriente número 2077 0724 68 3100033835 .Tasas-, de la Caja de Ahorros de Valencia (Bancaja) en la urbana 724, sita en la Universidad Politécnica de Valencia, Camino de Vera s/nº, CP 46071, Valencia.

    El pago de los derechos de examen podrá realizarse en efectivo o con tarjeta de crédito.

    En el caso de pago en efectivo el ingreso se efectuará mediante el recibo emitido por la aplicación de instancias en la dirección de Internet citada en el punto 3.1.

    El pago mediante tarjeta de crédito se realiza en el momento de rellenar e imprimir la instancia a través de la aplicación mencionada.

    3.5 Conforme a lo establecido en el artículo 33 bis de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, de Tasas de la Generalitat Valenciana, redactado conforme a la Ley 9/1999, de 30 de diciembre, están exentos del pago de la tasa establecida en el párrafo anterior, los aspirantes con una discapacidad igual o superior al 33%. Estos aspirantes deberán presentar certificación de la Conselleria de Bienestar Social u órganos competentes de otras Administraciones Públicas, que acredite discapacitación igual o superior al 33%.

  4. Admisión de aspirantes

    4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará una resolución, que se publicará en el DOGV, que contendrá la relación provisional de admitidos y excluidos a la realización de las pruebas, así como los nombramientos de los miembros que componen el Tribunal de Selección.

    4.2. Los aspirantes podrán, en el caso de error o exclusión...

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