ACUERDO de 17 de junio de 1998, de la Mesa Sectorial de Función Publica y de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio Colectivo en materia de racionalización del sistema retributivo. [1998/A5690]    

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Economia, Hacienda y Administracion Publica
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 17 de junio de 1998, de la Mesa Sectorial de Función Publica y de la Comisión de Interpretación, Vigilancia y Estudio del II Convenio Colectivo en materia de racionalización del sistema retributivo. [1998/A5690] En el acuerdo alcanzado en este mismo ámbito de negociación el día 1 de julio de 1.997, sobre procedimiento de clasificación de puestos de trabajo, elaboración de las correspondientes relaciones, racionalización del sistema retributivo y constitución de la comisión de condiciones de trabajo (publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del día 10 de julio), se dio un primer paso en materia de reordenación de las posiciones retributivas del personal al servicio de la administración del Consell con nuevos criterios de mayor justicia y racionalidad, como parte importante de un objetivo más amplio de aplicación de nuevos principios de clasificación de puestos. En el momento actual parece conveniente dar un paso más y completar aquella medida, que se refería únicamente a los complementos de destino, con otras que incidan también sobre los complementos específicos y que complete la consecución de los objetivos marcados para los puestos básicos de todos los grupos de titulación, al tiempo que se acometen nuevas medidas tendentes a adecuar e igualar las retribuciones de otros puestos a otros niveles de las estructuras administrativas, aunque habituales en todas ellas y con denominación y funciones iguales, todo ello con la temporalización que normalmente exige todo esfuerzo presupuestario. Por todo lo expuesto, las partes acuerdan: Primero Se asignarán nuevos complementos específicos a los puestos de trabajo que se detallan a continuación en la forma que se indica, según el grupo de titulación al que estén adscritos: Grupo Complemento Nuevo complemento de titulación específico actual específico E E001 E003 E002 E003 E011 E013 D E001 E015 E012 E015 E013 E004 C E005 E009 E006 E009 E007 E009 E016 E019 E017 E019 B E006 E012 E007 E012 E008 E012 E009 E012 E010 E012 E011 E012 E018 E023 E020 E023 E021 E023 A E015 E024 E016 E024 E019 E024 E030 E038 E032 E038 E034 E038 E035 E038 E036 E038 E037 E038 En cumplimiento de lo previsto en el presente apartado, por la Dirección General de Función Pública se dictarán las resoluciones de clasificación pertinentes, que tendrán efectos económicos desde el día primero del mes siguiente al de la firma del acuerdo. Segundo A los puestos de trabajo actualmente...

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