DECRETO 178/2011, de 25 de noviembre, del Consell, por el que se nombra consejero del Consejo de Administración de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente
Rango de LeyDecreto

Según se establece en el artículo 5.1 de la Ley 4/1986, de 10 de noviembre, de la Generalitat, de Creación de la Entidad Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, la misma estará regida por un Consejo de Administración, compuesto por un presidente, un vicepresidente y los consejeros.

Por otro lado, el artículo 5 del Estatuto de la entidad Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana, aprobado por el Decreto 144/1986, de 24 de noviembre, del Consell, establece que ésta estará regida por un Consejo de Administración, compuesto por un presidente, un vicepresidente y un número de consejeros no inferior a tres ni superior a ocho, incluida la representación laboral. A fin de garantizar dicha representación laboral en el Consejo de Administración de la entidad, se ha consultado con los sindicatos más representativos, tanto a nivel de empresa como a nivel de Comunitat Valenciana.

Asimismo, el artículo 36.b) del Estatuto de la entidad, aprobado por el precitado Decreto 144/1986, dispone que quedará reservado al Consell el nombramiento de los consejeros del Consejo de Administración, a propuesta del conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes (en la actualidad, de la consellera de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente), el conocimiento de su actuación y, en su caso, la remoción o renovación de sus miembros.

El Decreto 5/2011, de 21 de junio, del president de la Generalitat, asigna en su artículo 8 a la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente las competencias en materia de transportes, y los artículos 4.1 y 8.4 del Decreto 112/2011, de 2 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, disponen la adscripción de Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana a dicha Conselleria, a través de su Secretaría Autonómica de Infraestructuras y Transporte.

Por todo lo expuesto, a propuesta de la consellera de...

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