DECRETO 99/2012, de 22 de junio, del Consell, por el que se crea la Comisión Técnica de Seguridad de Balsas para Riego de la Comunitat Valenciana.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua
Rango de LeyDecreto
Preámbulo

El Real Decreto 9/2008, de 11 de enero, modificó el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, añadiendo a éste el título VII, que trata de la seguridad de presas, embalses y balsas.

Con esta modificación, el artículo 360.2 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico atribuye a las Comunidades Autónomas la designación de los órganos competentes en materia de seguridad en relación con las presas, embalses y balsas situados en el dominio público hidráulico cuya gestión les corresponda, y, en todo caso, en relación con las presas, embalses y balsas ubicados fuera del dominio público hidráulico.

El Decreto 113/2011, de 2 de septiembre, del Consell, por el que se aprobó el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, determinó que es la Dirección General de Agua el órgano que ostenta las competencias y atribuciones derivadas de la normativa sectorial aplicable en materia de seguridad de presas, embalses y balsas para riego ubicados fuera del dominio público hidráulico.

Se considera adecuado crear la Comisión Técnica de Seguridad de Balsas para Riego de la Comunitat Valenciana, reglamentando su composición y funciones, a lo que se procede mediante el presente Decreto.

En virtud de cuanto antecede, cumplidos los trámites procedimentales previstos en el artículo 43 de la Ley del Consell, a propuesta de la consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 22 de junio de 2012,

DECRETO

Artículo 1 Objeto

El presente decreto tiene como objeto la creación y regulación de la composición, organización y funciones de la Comisión Técnica de Seguridad de Balsas para Riego de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2 Creación y naturaleza de la Comisión
  1. Se crea la Comisión Técnica de Seguridad de Balsas para Riego de la Comunitat Valenciana, con las funciones, competencias, composición y funcionamiento establecidos en el presente decreto.

  2. Le corresponde el estudio, la deliberación y la toma de acuerdos respecto de las funciones que se le asignan en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR