DECRETO 98/2009, de 17 de julio, del Consell, por el que se aprueba la Cartera de Servicios de Salud Pública de la Comunitat Valenciana.

Fecha de Entrada en Vigor21 de Octubre de 2009
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Sanidad
Rango de LeyDecreto

DECRETO 98/2009, de 17 de julio, del Consell, por el que se aprueba la Cartera de Servicios de Salud Pública de la Comunitat Valenciana. [2009/8591] PREÁMBULO La búsqueda de la calidad y la excelencia en la prestación de los servicios públicos sanitarios es un axioma de las políticas públicas definidas e implementadas por la Generalitat. La información y comunicación al ciudadano de los servicios sanitarios prestados por los distintos órganos y entidades constituye un elemento clave en este proceso de búsqueda de excelencia. En este contexto, las Carteras de Servicios desempeñan un papel fundamental como elemento vehicular que define las características del servicio prestado y transmite su información relevante a los ciudadanos.

En el ámbito estatal, la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, y su normativa desarrollo determinan que las prestaciones sanitarias del catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud se harán efectivas mediante la cartera de servicios comunes, de la que forman parte, en el ámbito de la salud pública, los servicios comunes de salud pública y los programas de salud pública integrados en los servicios comunes de atención primaria.

Por su parte, la Ley 4/2005, de 17 de junio, de la Generalitat, de Salud Pública de la Comunitat Valenciana, incorpora este planteamiento al ámbito de las políticas de salud pública. Su título II crea la Cartera de Servicios de Salud Pública de la Comunitat Valenciana, define sus características básicas y establece sus líneas estratégicas.

El presente Decreto constituye el desarrollo reglamentario de tales previsiones. Desde un punto de vista orgánico, la Entidad Valenciana para la Acción en Salud Pública, en adelante EVASP, desempeñará un papel fundamental como coordinadora de las actuaciones desarrolladas por las diferentes unidades, órganos y administraciones en el desempeño de sus respectivas funciones en el campo de la salud pública. Funcionalmente, la Cartera de Servicios se configura como un instrumento dinámico de sencilla actualización cuya conformación y la prestación de los servicios que incluye se sustenta en los principios enumerados en el artículo 4 de este decreto.

Esta calidad en la prestación de los servicios de salud pública que recoge la Cartera se garantizará con una evaluación continua y descentralizada, territorial y funcionalmente. La evaluación se articulará sobre un sistema de indicadores que permita contrastar la evolución de los estándares de calidad.

El Decreto contiene nueve artículos, una disposición adicional, una...

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