DECRETO 52/2005, de 11 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se autoriza para la concesión de avales de la Generalitat al Instituto Valenciano de la Vivienda, SA. (IVV, SA). [2005/X2882]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Economia, Hacienda y Empleo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 52/2005, de 11 de marzo, del Consell de la Generalitat, por el que se autoriza para la concesión de avales de la Generalitat al Instituto Valenciano de la Vivienda, SA. (IVV, SA). [2005/X2882]

La Ley de Hacienda Pública de la Generalitat autoriza al Consell de la Generalitat para la concesión de avales dentro de determinadas condiciones que se fijan en la misma.

Establece, asimismo, la mencionada Ley de Hacienda Pública, en el artículo 84.4, modificado por el artículo 44 de la Ley 9/1999, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, que la Tesorería de la Generalitat podrá acordar la renuncia al beneficio de excusión establecido en el artículo 1830 del Código Civil. Por otra parte, el artículo 35 de la Ley 14/2004, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2005, establece que la Generalitat podrá prestar avales, durante dicho ejercicio, para las operaciones de crédito que concierten las entidades o empresas públicas e instituciones feriales de la Comunidad Valenciana, así como para garantizar los instrumentos financieros emitidos por Fondos de Titulización deActivos promovidos por aquellas, hasta un límite de 980 millones de euros. Los avales que mediante este decreto se aprueban están dentro del citado límite. De acuerdo con lo expuesto, a propuesta del conseller de Economía, Hacienda y Empleo y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 11 de marzo de 2005, DECRETO

Artículo 1

Se autoriza al conseller de Economía, Hacienda y Empleo para conceder a la empresa pública Instituto Valenciano de Vivienda, SA. (IVV, SA) avales destinados a garantizar operaciones de crédito, por un importe global de hasta 20.000.000 de euros de principal, con objeto de financiar las obras de reparación, conservación y mantenimiento del parque inmobiliario de promoción pública perteneciente a la Generalitat, así como para la rehabilitación de edificios de promoción pública con patologías estructurales.

El plazo de vigencia de la anterior autorización finalizará el 30 de junio de 2005. Asimismo, se le autoriza para otorgar avales destinados a garantizar obligaciones derivadas de la utilización de instrumentos financieros de cobertura vinculados a las operaciones de crédito a que se refiere el primer párrafo.

Artículo 2

De acuerdo con la...

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