ORDEN 2/2013, de 21 de marzo, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convoca la V edición del premio Yo También Concilio para proyectos universitarios que tengan como fin la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en el marco de las políticas de igualdad de oportunidades del Consell.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Bienestar Social
Rango de LeyOrden

La necesidad de conciliar el trabajo con la vida personal y familiar ha sido planteada, en todos los niveles, como una condición vinculada de forma inequívoca a la nueva realidad social. Esto conlleva una compleja y difícil problemática que debe abordarse, no solo con importantes reformas legislativas, sino también con actuaciones de conciliación en el mundo empresarial que coadyuven a la igualdad de oportunidades en dicho ámbito.

La igualdad de derechos de mujeres y hombres, en particular en materia de empleo y trabajo, viene recogida en el Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana. Y, dentro de las actuaciones en el ámbito laboral, se consideran de máxima importancia aquellas medidas que promuevan la conciliación, entendidas como ventajas no solo para las personas trabajadoras sino también para las empresas, reportando beneficios como son la reducción de absentismo, la disminución de la rotación del personal, mejoras del clima laboral, mayor compromiso de las personas trabajadoras con la empresa y mejora de la imagen corporativa, entre otros.

La Ley 9/2003, de 2 de abril, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, tiene por objeto regular y hacer efectivo el principio de igualdad de mujeres y hombres en la Comunitat Valenciana, establecer los principios generales que deben orientar dicha igualdad, determinar las acciones básicas que deben ser implementadas, así como establecer la organización administrativa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en la Comunitat Valenciana.

El Decreto 193/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Bienestar Social, atribuye a la Dirección General de Familia y Mujer, entre otras funciones, la promoción y ejecución de medidas para hacer efectivo el derecho a la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, así como impulsar actuaciones dirigidas a favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

Por ello, mediante esta orden se convoca la V edición del premio Yo También Concilio, dirigido a la juventud que en un futuro formará parte del mundo empresarial para sensibilizarla en la necesidad de implantar medidas y acciones innovadoras de conciliación de la vida personal, familiar y laboral en la organización de las propias empresas.

Asimismo esta actuación fomenta la promoción y consecución de los objetivos estratégicos perseguidos en las políticas de la Unión Europea por el FSE a través del Programa Operativo 2007-2013 aprobado por Decisión de la Comisión de fecha 20 de diciembre de 2007, en el eje I, tema prioritario 63 dentro de la actuación destinada a la implantación planes de igualdad y conciliación en empresas de la Comunitat Valenciana.

En virtud de todo lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el Decreto 193/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Bienestar Social, el artículo 47.11 del Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, y el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell,

ORDENO

Artículo1. Objeto

Constituye el objeto de la presente orden la convocatoria de la V edición del premio Yo También Concilio, dirigido a reconocer proyectos realizados por el alumnado de las universidades de la Comunitat Valenciana, y la aprobación de las bases por las que se regirá dicha convocatoria, que figuran como anexo I.

Artículo 2 Premios

Se concederá un primer premio y dos accésit consistiendo los galardones en una placa y/o diplomas acreditativos.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Aplicación y desarrollo

Se autoriza a la persona titular de la Subsecretaría y a la persona titular de la Dirección General de Familia y Mujer para que, en el ámbito de sus competencias, adopten las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de esta orden.

Segunda. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la...

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