ORDEN de 24 de septiembre de 2001, del conseller de Sanidad, por la que se dictan normas complementarias para la organización y gestión de la formación continuada de las profesiones sanitarias. [2001/X11795]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN de 24 de septiembre de 2001, del conseller de Sanidad, por la que se dictan normas complementarias para la organización y gestión de la formación continuada de las profesiones sanitarias. [2001/X11795]

Por Orden de 4 de febrero de 1999, de la Conselleria de Sanidad (DOGV nº 3.450, de 9 de marzo), se aprobaron las normas para la organización y gestión en materia de formación continuada de las profesiones sanitarias, creándose la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias en el ámbito de la Comunidad Valenciana, en cumplimiento del Convenio de Conferencia Sectorial del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre formación sanitaria de las profesiones sanitarias y designando el órgano competente en la Comunidad Valenciana para el cumplimiento del mismo.

Mediante Orden de 26 de octubre de 1999 (DOGV nº 3.661, de 7 de enero de 2000), se modificó la anterior adaptándola al nuevo Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad y adecuando la estructura de las profesiones sanitarias adscritas a la comisión.

Una vez transcurridos dos años desde la creación de la Comisión y un tiempo desde su puesta en funcionamiento, se hace necesario adecuar la normativa existente a las necesidades detectadas en este periodo y a la realidad social inherente al funcionamiento de la misma.

En base a lo expuesto y en virtud de las competencias atribuidas en el Decreto 87/99, de 30 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad, modificado por Decreto 198/99, de 9 de octubre, ORDENO Artículo único Se da una nueva redacción al artículo 2 de la Orden de 4 de febrero de 1999, que queda como sigue:

  1. La Comisión de Formación Continuada estará compuesta por los siguientes miembros con voz y voto:

    . El subsecretario para la Agencia Valenciana de Salud, que será su Presidente.

    . El/la director/a de la EVES que actuará como presidente en los casos de delegación o suplencia del presidente de la Comisión.

    . Un representante de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia.

    . Un representante en nombre de cada uno de los siguientes Colegios Profesionales: médicos, farmacéuticos, veterinarios, odontólogos y estomatólogos y diplomados en enfermería. La designación de los mismos se realizará por su órgano superior de representación a nivel autonómico. En caso de inexistencia de este órgano y/o falta de acuerdo...

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