DECRETO 50/2012, de 23 de marzo, del Consell, por el que se crea la Comisión de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana y se aprueba su reglamento.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economía, Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

En una economía de mercado, la existencia de una competencia efectiva entre las empresas constituye el elemento básico para que la eficiencia productiva se traslade al consumidor en forma de menores precios y del incremento de la cantidad ofrecida de bienes y servicios, de su calidad y variedad y, por consiguiente, de un mayor bienestar del conjunto de la sociedad.

La creciente importancia de la defensa de la competencia ha consolidado esta materia como un elemento principal de la política económica, sobre el que existe un amplio acuerdo de ser, dentro de las políticas de oferta, un instrumento principal para fomentar la productividad de los factores y la competitividad de la economía en general.

Una de las finalidades de la Unión Europea es el establecimiento de un mercado interior que se oriente a la consecución de un desarrollo sostenible basado en el crecimiento económico equilibrado y la estabilidad de los precios, todo ello en el marco de una economía social de mercado altamente competitiva. Para alcanzar dicha finalidad, el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea contiene, entre otras, un elenco de normas sobre competencia, que se concreta en los artículos 101 a 106, por lo que respecta a las disposiciones aplicables a las empresas, y en los artículos 107 a 109, relativos a las ayudas otorgadas por los Estados.

La Constitución Española reconoce en su artículo 38 la libertad de empresa en el marco de una economía de mercado y la garantía y protección de la misma por los poderes públicos, de acuerdo con las exigencias de la economía en general y, en su caso, de la planificación.

El Tribunal Constitucional, en su Sentencia 208/1999, de 11 de noviembre, determinó que el ordenamiento jurídico ha venido conectando la defensa de la competencia al contenido del comercio interior, por lo que es competencia de las comunidades autónomas la ejecución de las competencias en defensa de la competencia dentro de su ámbito territorial. En ejecución de esta Sentencia del Alto Tribunal, la Ley 1/2002, de 21 de febrero, de Coordinación de las Competencias del Estado y las Comunidades Autónomas en Materia de Defensa de la Competencia, delimitó los criterios básicos que determinarían el reparto de competencias en este ámbito.

El Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, en su artículo

49.1.35ª, según la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, configura como exclusivas de la Generalitat las competencias en materia de comercio interior y defensa del consumidor y del usuario, sin perjuicio de la política general de precios, la libre circulación de bienes, la legislación sobre la defensa de la competencia y la legislación del Estado.

La Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, y su posterior desarrollo mediante la aprobación del Real Decreto 261/2008, de 22 de febrero, del Reglamento de Defensa de la Competencia, además de introducir importantes cambios en el modelo sustantivo español de defensa de la competencia, ha completado y perfilado el ámbito competencial autonómico en este campo de actuación de los poderes públicos, recogiendo importantes funciones consultivas y de promoción de la competencia de los órganos autonómicos, además de las ya ostentadas en materia sancionadora. De esta forma, las autoridades autonómicas de defensa de la competencia deben asumir un papel no sólo reactivo y de reposición ante las conductas de los agentes económicos que alteran la competencia en los mercados autonómicos, sino también, y de forma muy especial, un enfoque preventivo, a través del asesoramiento y la divulgación sobre cuestiones relativas a la competencia.

La disposición adicional decimocuarta de la Ley 10/2011, de 27 de diciembre, de la Generalitat, de Presupuestos de la Generalitat para 2012, en el marco del proceso de reordenación del sector público desarrollado por el Consell, establece que mediante decreto del Consell se regulará la creación, composición y funcionamiento del órgano colegiado con atribuciones en materia de defensa de la competencia de la

Comunitat Valenciana, y que dicho órgano colegiado estará adscrito a la conselleria con competencias en materia de economía.

El presente decreto, en cumplimiento de este mandato legal, viene a crear la Comisión de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana, y aprobar su reglamento, como órgano adscrito a la conselleria con competencias en materia de economía, sucesor del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunitat Valenciana, que asumiendo las competencias de resolución, arbitraje y promoción de éste, responde de manera más adecuada a la política de austeridad y control del gasto público.

La reestructuración del ejercicio de la política de la competencia en la Generalitat a través de este decreto se ha llevado a cabo manteniendo los principios rectores básicos que deben guiar ésta. Así, y por lo que...

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