DECRETO 24/2012, de 27 de enero, del Consell, por el que se modifica el Reglamento de la Comisión de Codificación Civil Valenciana y su órgano asesor, el Observatorio de Derecho Civil Valenciano, aprobado mediante el Decreto 218/2007, de 26 de octubre.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Gobernación
Rango de LeyDecreto
PREÁMBULO

Desde que el 31 de octubre de 2007 entrara en vigor su reglamento, tanto la Comisión de Codificación Civil Valenciana como su órgano asesor, el Observatorio de Derecho Civil Valenciano, han venido ejerciendo con eficacia las funciones que les fueron asignadas. En particular, la mencionada Comisión ha trabajado en la elaboración de diversas propuestas de disposiciones normativas en materia de derecho foral civil valenciano, así como en la emisión de informes y dictámenes sobre todas aquellas materias que han sido sometidas a su consideración.

Hasta el momento, tras la modificación del Decreto 218/2007, de 26 de octubre, del Consell, operada por medio del Decreto 85/2011, de 15 de julio, la Comisión de Codificación Civil Valenciana estaba integrada por la persona titular de su presidencia, las personas titulares de las tres vicepresidencias, la persona titular de la secretaría general y hasta un máximo de quince vocales, nombrados o nombradas por la persona titular de la Presidencia de la Comisión de entre juristas de reconocido prestigio, actuando uno o una de ellos o ellas como coordinador o coordinadora.

La Comisión de Codificación Civil Valenciana ha dispuesto, así, de una composición apropiada, con la participación de juristas de reconocido prestigio que, desde sus respectivos ámbitos profesionales, han aportado su saber teórico y sus conocimientos prácticos para contribuir a la recuperación y el desarrollo del Derecho Foral Civil Valenciano, una de las señas de identidad más directamente vinculadas con la historia de la Comunitat Valenciana.

La experiencia derivada del funcionamiento de la referida Comisión aconseja ampliar su composición, de manera que el número máximo de vocales pase de quince a veinte. De este modo, se podrán incorporar en el futuro nuevos profesionales del mundo del derecho para enriquecer los debates de este órgano colegiado y contribuir a la elaboración de las propuestas normativas, los informes y dictámenes a los que se ha hecho alusión.

En consecuencia, el objeto único de este decreto es reformar el apartado f) del artículo 3.1 del Decreto 218/2007, de 26 de octubre, del Consell, para proceder a la citada ampliación del número de vocales integrantes de la Comisión de Codificación Civil Valenciana, permaneciendo inalterado el resto de su régimen jurídico.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto por el artículo 18.f...

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