DECRETO 23/2008, de 7 de marzo, del Consell, por el que cesan y se nombran vocales del Consejo de Administración de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana.

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda
Rango de LeyDecreto

DECRETO 23/2008, de 7 de marzo, del Consell, por el que cesan y se nombran vocales del Consejo de Administración de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana. [2008/3080] La regulación del Consejo de Administración de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana está contemplada en la Ley 2/1992, de 26 de marzo, de la Generalitat, de saneamiento de las Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana, y en el Decreto 170/1992 de 16 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Estatuto de esta entidad.

Por el Decreto 192/2007, de 19 de octubre, el Consell acordó el cese y el nombramiento de Vocales del Consejo de Administración para adaptar la composición de dicho Consejo al panorama normativo creado tras la publicación del Decreto 7/2007, de 28 de junio, del president de la Generalitat, que determina las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat, entre las que se encuentra, dotada de nueva configuración, la de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda; del Decreto 92/2007, de 6 de julio, del Consell, que regula la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las diferentes consellerias de la Generalitat; y de los Decretos 131 y 217/2007, de 27 de julio y 26 de octubre, del Consell, por los que se aprueba y modifica, respectivamente, el Reglamento Orgánico y Funcional de la antes citada conselleria de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, adscribiendo a dicha conselleria la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat Valenciana.

La Ley 14/2007, de 26 de diciembre, de la Generalitat, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, en su capítulo IV modifica el artículo 17 de la citada Ley 2/1992, y establece la nueva estructura del Consejo de Administración, que estará compuesto por:

'Un presidente, que será el titular de la conselleria a la que esté adscrita la Entidad de Saneamiento de Aguas; un vicepresidente, en su caso; once vocales, designados del siguiente modo: seis de ellos en representación de la administración de la Generalitat, nombrados a propuesta del presidente del Consejo de Administración, uno de los cuales podrá ser designado para ejercer las funciones de vicepresidente, cuatro de ellos, en representación de la administración Local, nombrados a propuesta de la Federación Valenciana de Municipios y...

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