ORDEN de 3 de marzo de 2006, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convoca el Premio Periodístico CONVIVIR. [2006/3212]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Bienestar Social
Rango de LeyOrden

ORDEN de 3 de marzo de 2006, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se convoca el Premio Periodístico CONVIVIR. [2006/3212]

La Dirección General de Inmigración es el órgano directivo de la Conselleria de Bienestar Social, a quien corresponde, según Decreto 120/2003, de 11 de julio del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Bienestar Social, reforzar las políticas del Consell de la Generalitat en materia de integración de la inmigración en los ámbitos educativo, laboral, sanitario y de vivienda.

Con el fin de promover e incentivar la integración social de la creciente población inmigrante en el seno de la Comunitat Valenciana y, atendiendo al destacado papel que desempeñan los distintos medios de comunicación, como factor de acercamiento y sensibilización social de sendos colectivos implicados, a saber, población autóctona e inmigrantes, a propuesta de la Dirección General de Inmigración se incluye entre sus actividades la convocatoria del concurso periodístico CONVIVIR, en su II Edición, para fomentar entre la ciudadanía los valores de la solidaridad ante el fenómeno de la inmigración, y para dar cumplimiento a tal fin:

ORDENO

Artículo 1 Objeto

Es objeto de la presente orden la convocatoria del Premio Periodístico CONVIVIR en su II Edición y la aprobación de las bases por las que se regirá la convocatoria, que figuran en el Anexo I.

Artículo 2 Plazo de presentación de solicitudes y resolución de la convocatoria.

El plazo de presentación de solicitudes, acompañadas de los correspondientes trabajos, comenzará a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y finalizará el 16 de octubre de 2006.

El último día para resolver los premios será el 15 de noviembre de 2006.

Los trabajos presentados por los aspirantes a los Premios deberán necesariamente haber sido publicados entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2006.

Artículo 3 Financiación

Los premios contarán con una dotación máxima de 12.000 euros, que será abonada con cargo a la aplicación presupuestaria 16.02.01.313.50.4, Línea T6301, del presupuesto de la Generalitat Valenciana para el año 2006.

Disposiciones finales Primera

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Segunda

Conforme establecen...

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