DECRETO 80/2005, de 22 de abril, del Consell de la Generalitat, por el que se declara Bien de Interés Cultural el Conjunto Histórico de Vilafamés. [2005/X4455]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Cultura, Educacion y Deporte
Rango de LeyDecreto

DECRETO 80/2005, de 22 de abril, del Consell de la Generalitat, por el que se declara Bien de Interés Cultural el Conjunto Histórico de Vilafamés. [2005/X4455]

El artículo 31.5 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana establece la competencia exclusiva de la Generalitat en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico y científico. Asimismo, el artículo 26.2 de Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, dispone que la declaración de un Bien de Interés Cultural se hará mediante Decreto del Consell de la Generalitat, a propuesta de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte. Todo ello sin perjuicio de las competencias que el artículo 6 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, reserva a la administración General del Estado.

Mediante Resolución de 6 de febrero de 1981, de la Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, del Ministerio de Cultura, se acordó tener por incoado el expediente para la declaración como Bien de Interés Cultural del Conjunto Histórico de Vilafamés.

El expediente en cuestión fue remitido para su tramitación a la Generalitat según lo dispuesto en el Real Decreto 3.066/1983, de 13 de octubre, sobre traspaso de funciones y servicios del Estado a la Generalitat en materia de cultura y, en concreto, a la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, con arreglo a lo preceptuado en el Decreto 171/1983, de 29 de diciembre, del Presidente de la Generalitat.

Mediante Resolución de 9 de julio de 2004, de la Dirección General de Patrimonio Cultural Valenciano, de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte, se acordó continuar el expediente incoado de acuerdo con las disposiciones vigentes y abrir un periodo de información pública. Dicha Resolución, con sus anexos, además, fue expuesta en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Vilafamés, al que se concedió trámite de audiencia, sin que aportara alegaciones al expediente.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generaliat, del Patrimonio Cultural Valenciano, obran en el expediente los informes favorables del Consell Valencià de Cultura, de la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos y de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

En virtud de lo expuesto, a propuesta del conseller de Cultura, Educación y Deporte y previa deliberación del Consell de la Generalitat, en la reunión del día 22 de abril de 2005, DECRETO Artículo 1 Declarar Bien de Interés Cultural el Conjunto Histórico de Vilafamés. Artículo 2 El área afectada por la declaración como Bien de Interés Cultural del Conjunto Histórico de Vilafamés queda definida en los anexos que se adjuntan y que forman parte del presente Decreto. La documentación complementaria obra en el expediente de su razón.

DISPOSICIONES ADICIONALES Primera

Inscribir el Conjunto Histórico de Vilafamés, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.1 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, en la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

Segunda

En virtud de lo establecido en el artículo 28.2.e) de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano, los Bienes de Relevancia Local mencionados en el anexo III del presente Decreto deberán ser inscritos en la Sección Segunda del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente decreto se publicará en el Boletín Oficial del Estado y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 22 de abril de 2005

El presidente de la Generalitat, FRANCISCO CAMPS ORTIZ El conseller de Cultura, Educación y Deporte, ALEJANDRO FONT DE MORA TURÓN ANEXO I DATOS SOBRE EL BIEN OBJ ETO DE LA DECLARACIÓN 1. Denominación: Conjunto Histórico de Vilafamés.

  1. Localización:

    1. Comunidad Autónoma: Comunidad Valenciana.

    2. Provincia: Castellón.

    3. Municipio: Vilafamés.

  2. Delimitación:

    . Justificación de la delimitación

    La delimitación se establece en función de los siguientes criterios:

    . Patrimoniales y urbanísticos, con la inclusión de los inmuebles y espacios urbanos y rústicos necesarios para garantizar la correcta tutela del Conjunto. Se hace coincidir, a su vez, con la delimitación establecida en el Plan General vigente.

    . Topográficos y paisajísticos, con la inclusión del cerro en el que se halla situado el núcleo de la villa.

    . Definición literal de la delimitación

    Origen: cruce de los ejes de la carretera de Sant Joan de Moró con el camino de la Costa, punto A.

    Sentido: horario.

    Línea delimitadora: la delimitación del Conjunto Histórico de Vilafamés viene dada por una envolvente que, partiendo del cruce de la carretera de Sant Joan de Moró a Vilafamés con el camino de la Costa, sigue por aquélla al nordeste, hasta girar al sur y continuar por su eje hasta la plaza de la Font. Continúa por la calle de la Font y por la calle Font d'En Jana. Envuelve las manzanas...

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