ORDEN de 2 marzo de 2005, de la Conselleria de Sanidad, por la que se convocan tres becas para ayudas a estudios e investigación en materias de análisis estadístico y epidemiológico de los sistemas de información en salud pública, para el año 2005. [2005/X2889]    

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorConselleria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN de 2 marzo de 2005, de la Conselleria de Sanidad, por la que se convocan tres becas para ayudas a estudios e investigación en materias de análisis estadístico y epidemiológico de los sistemas de información en salud pública, para el año 2005. [2005/X2889]

La Conselleria de Sanidad, a través de Dirección General de Salud Pública, convoca la concesión de tres becas para ayudas a estudios e investigación en materia de análisis estadísticoy epidemiológico de los sistemas de información en salud pública.

El objetivo general de esta convocatoria es favorecer la producción de conocimiento científico como elemento base en el que fundamentar los programas, las políticas de salud y las actividades del sistema de vigilancia en salud pública.

Por ello, a propuesta de la Dirección General de Salud Pública, y en virtud de las facultades que me confiere el Decreto 116/2003, de 11 de julio, y desarrollado por la Orden de 31 de julio de 2003 del conseller de Sanidad, y el artículo 35 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, y según lo establecido en el Decreto 108/1992, de 6 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se regula la concesión de becas, ORDENO

Artículo 1

La presente orden tiene por objeto convocar concurso público para la concesión de tres becas destinadas a Licenciados en Matemáticas o licenciados en Ciencias y Técnicas Estadísticas para ayudas a estudiose investigación en materia de análisis estadístico y epidemiológico en curso de realización en la Dirección General de Salud Pública, en colaboración con la Universidad de València-Estudi General y la Universidad de Alicante, y aprobar las bases por las que se rige esta convocatoria, incluidas como anexo I de la presente resolución.

Artículo 2

Las becas que regula esta orden se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 10.01.61.0000.413.10, de la Dirección General de Salud Pública, línea de subvención con código contable T4594000, por un importe total máximo de 46.800,00 euros para el año 2005.

Artículo 3

Se autoriza al director de la Dirección General de Salud Pública para que, en el ámbito de sus competencias, adopte las medidas necesarias para el desarrollo y aplicación de esta orden.

Artículo 4

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso administrativo, ante la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Potestativamente, cabrá la interposición de recurso de reposición, ante el conseller de Sanidad en el plazo de un mes desde su publicación o modificación (art. 116 de la Ley 30/92) según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. DISPOSICIÓN FINAL La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana Valencia a 2 de marzo de 2005 El conseller de Sanidad, VICENTE RAMBLA MOMPLET ANEXO I Becas para ayudas a estudios e investigación en materia de análisis estadístico y epidemiológico de los sistemas de información en salud pública Primera. Objeto Las becas tienen por objeto la ampliación y el fomento de la formación de los becados, así como facilitar las prácticas profesionales de los mismos a través de la participación en los proyectos de la Dirección General de Salud Pública y especialmente la ayuda a estudios e investigación en las áreas de trabajo de estadística y epidemiología en colaboración con la Universidad de València-Estudi General y la Universidad de Alicante.

Segunda. Número de becas y duración

Se convocan tres becas, y estarán destinadas a licenciados en Matemáticas o licenciados en Ciencias y Técnicas Estadísticas que desarrollarán la actividad objeto de la beca, en la Dirección General de Salud Pública. Dos de estas becas se emplazarán en el Servicio de Estudios Epidemiológicos y Estadísticas Sanitarias de la Dirección General de Salud Pública en Valencia, mientras que la tercera se emplazará en el Registro de Mortalidad en Alicante. El período de duración de la beca comprenderá desde el día de su incorporación, la cual deberá producirse en los 10 días siguientes a su notificación hasta el 31 de diciembre de 2005...

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