ORDEN de 14 de marzo de 2001, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se regulan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica. [2001/M2901]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Cultura y Educacion
Rango de LeyOrden

ORDEN de 14 de marzo de 2001, de la Conselleria de Cultura y Educación, por la que se regulan las pruebas de acceso a los ciclos formativos de la Formación Profesional Específica. [2001/M2901] La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (BOE del 4) en su artículo 31 permite el acceso a la Formación Profesional Específica si se cumplen determinados requisitos académicos, posibilitando también el acceso a aquellas personas que sin cumplir dichos requisitos superen una prueba regulada por las Administraciones educativas (artículo 32). Dicha ley fija la edad para acceder por esta segunda vía a los ciclos formativos de grado superior, edad que es modificada, en determinados supuestos, por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social (BOE del 30). En el artículo 6 del Real Decreto 676/1993, de 7 de mayo, por el que se establecen directrices generales sobre los títulos y las correspondientes enseñanzas mínimas de formación profesional (BOE del 22), y en artículo 3 del Real Decreto 777/1998, de 30 de abril, por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo (BOE del 8 de mayo), se regula, de acuerdo con la LOGSE, el acceso a través de la mencionada prueba a los ciclos formativos de formación profesional específica de grado medio y de grado superior. Por último, el Decreto 8/1998, de 3 de febrero, del Gobierno Valenciano, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de formación profesional específica y las directrices sobre sus títulos en la Comunidad Valenciana (DOGV del 12), regula asimismo, en su artículo 4, el mencionado acceso a los ciclos formativos por la vía de la prueba. En su virtud, y en ejercicio de las competencias que me confiere el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, ORDENO Primero. Disposiciones generales La Dirección General de Ordenación e Innovación Educativa y Política Lingüística, convocará, al menos una vez al año, pruebas de acceso a los ciclos formativos de Formación Profesional Específica que se impartan en la Comunidad Valenciana. A dichas pruebas sólo podrán concurrir quienes no reúnan los requisitos académicos de acceso directo establecidos en la normativa específica sobre admisión de alumnado. En cada convocatoria se fijará la fecha y el horario de celebración de las pruebas, así como el...

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