ORDEN 2/2011, de 29 de diciembre, de la consellera de Presidencia y vicepresidenta del Consell, por la que se convoca la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en materia de documentación y estadística en las dependencias de la Dirección General de Análisis y Políticas Públicas del Gabinete del President de la Generalitat durante el ejercicio 2012/2013.

SecciónIII - Convenios y Actos
EmisorPresidencia de la Generalitat
Rango de LeyOrden

La presidencia de la Generalitat, en el marco de la política dirigida a la mejora y especialización profesional de jóvenes titulados entiende adecuado para completar su formación, el acercarles al conocimiento práctico de la administración pública, accediendo a la realización de prácticas profesionales en sus dependencias. Por ello, al amparo de lo establecido en el Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas, la Orden 17/2011, de 6 de mayo, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se desarrolla el capítulo II de este decreto y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, convoca la concesión de becas de titulados medios en Biblioteconomía y Documentación, titulados superiores en Documentación, así como en Matemáticas o en Ciencias y Técnicas Estadísticas.

La anterior actuación se encuentra recogida en los objetivos y actividades del Programa 111.40, Análisis y Políticas Públicas, capítulo IV, código de la línea T4000000, aplicación presupuestaria 05.02.01 becas para prácticas profesionales en materia de planificación estratégica, evaluación programas, análisis y documentación, del estado de gastos del Presupuesto de la Generalitat para el 2012.

Las ayudas que se financian de acuerdo con la presente orden no están sujetas a la política de control de ayudas del Estado, por no reunir los requisitos del artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) al no afectar a la competencia en razón a la cualidad del beneficiario y al objeto de la ayuda.

En su virtud, y por delegación del president de la Generalitat, efectuada por resolución de 28 de julio de 2011 por la que delega la firma de determinadas resoluciones y actos, en la consellera de Presidencia y Vicepresidenta del Consell,

ORDENO

Primero

Convocar la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de cinco becas para completar la formación de titulados en materia de documentación y análisis de datos estadísticos mediante la realización de prácticas profesionales en dependencias de la Dirección General de Análisis y Políticas Públicas del Gabinete del President de la Generalitat, durante el ejercicio 2012 y 2013

Segundo

Aprobar las bases que se adjuntan como anexo de la presente orden, las cuales regirán en dicha convocatoria.

Tercero

El importe global máximo destinado a la concesión de las becas que se convocan mediante la presente orden será de 60.000 (sesenta mil) euros, el cual será financiado con cargo a la línea T4000000 aplicación presupuestaria 05.02.01.111.40 o equivalente del capítulo IV, del estado de gastos, del Presupuesto de la Generalitat para el año 2012 y 2013 condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en dichos ejercicios presupuestarios.

Contra la presente orden que pone fin a la vía administrativa se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Común, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la

Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa. No pudiendo simultanearse ambos recursos y sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Valencia, 29 de diciembre de 2011

La consellera de Presidencia y vicepresidenta del Consell, PAULA SÁNCHEZ DE LEÓN GUARDIOLA

Bases de la convocatoria para la concesión de cinco becas para completar la formación de titulados en materia de documentación y estadística, mediante la realización de prácticas profesionales en las dependencias de la Dirección General de Análisis y Políticas Públicas del Gabinete del President

Base primera. Objeto

Las becas que se regulan en estas bases tienen por objeto completar y desarrollar la formación académica de jóvenes titulados en Biblioteconomía y Documentación y en Matemáticas o Ciencias y Técnicas Estadísticas, a través de la realización de prácticas profesionales en organismos y unidades dependientes de la Presidencia de la Generalitat, en aquellas tareas relacionadas con dicha titulación que sean adecuadas para adquirir formación complementaria y especialización.

Base segunda. Número y organismo en que se efectuaran las prácticas

Se convocan cinco becas distribuidas en las clases siguientes: Clase A: tres becas destinadas a titulados medios o superiores en Biblioteconomía y Documentación. Realizarán las prácticas en el Servicio de Estudios y Documentación de la Dirección General de Análisis y Políticas Públicas del Gabinete del President, sito en Valencia, colaborando en el análisis de todo tipo de documentación necesaria para incorporar a las bases de datos de la Dirección General.

Clase B: Dos becas destinadas a licenciados en Matemáticas o en Ciencias y Técnicas Estadísticas. Realizarán las prácticas en el Servicio de Análisis de Políticas Públicas de la Dirección General de Análisis y Políticas Públicas del Gabinete del President, sito en Valencia, colaborando en el análisis estadístico de datos.

Base tercera. Requisitos que deben reunir los solicitantes

  1. Las personas que soliciten participar en la convocatoria deberán reunir los requisitos que se citan a continuación, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

    1. No ser mayor de 35 años.

    2. Estar en posesión del título de diplomado o licenciado en Biblioteconomía y Documentación o de licenciado en Matemáticas o en Ciencias y Técnicas Estadísticas, expedido u homologado por las autoridades españolas correspondientes y que no hayan transcurrido mas de cinco años desde su obtención.

    3. No haber sido beneficiario de becas de prácticas profesionales en la Generalitat por un periodo igual o superior a 36 meses. De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria segunda del Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas, el mencionado plazo empezará a computarse a partir de la entrada en vigor de dicha norma (9.09.2009).

    4. No hallarse incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  2. No podrán optar a estas becas quienes en el momento de publicarse la convocatoria ya estén disfrutando de una beca de prácticas profesionales en la Generalitat, salvo que se concurra a la misma beca que se está disfrutando o que resten menos de dos meses para su finalización.

    Base cuarta. Duración de la beca y prórroga

  3. El periodo de duración de las becas será de doce meses desde la fecha que se indique en la resolución de concesión, que será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, fecha

    de inicio que no podrá ser anterior al 1 de marzo de 2012, quedando condicionados los meses que falten para completar ese periodo, que corresponderá al año 2013, a que exista consignación en ese ejercicio presupuestario.

  4. El periodo de duración podrá prorrogarse sin necesidad de nueva convocatoria por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que exista la disponibilidad presupuestaria correspondiente y el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje.

    Base quinta. Dotación económica individual y pago de la beca

  5. La dotación económica de cada una de las becas será de mil

    (1.000) euros mensuales brutos.

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