DECRETO 88/1999, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Industria y Comercio. [1999/7157]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Industria y Comercio
Rango de LeyDecreto

DECRETO 88/1999, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Industria y Comercio. [1999/7157] Por Decreto 34/1997, de 26 de febrero, del Gobierno Valenciano, se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Empleo, Industria y Comercio. Por el Decreto 80/1999, de 23 de julio, del Gobierno Valenciano, se atribuyen la titularidad de las competencias en materia de industria y energía, comercio y defensa de los consumidores y usuarios a la Conselleria de Industria y Comercio. Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en los artículos 35 f) y 70 de la Ley de la Generalitat Valenciana 5/1983, de 30 de diciembre, a propuesta del conseller de Industria y Comercio y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 30 de julio de 1999, DISPONGO TÍTULO I De los órganos de la conselleria Artículo 1 La Conselleria de Industria y Comercio es el máximo órgano encargado de la dirección y ejecución de la política del Gobierno Valenciano en las materias de industria y energía, comercio y defensa de los consumidores y usuarios, ejerciendo las competencias que legalmente tiene atribuidas a estos efectos. Artículo 2 1. El conseller o consellera es la superior autoridad de la conselleria, siendo su máximo órgano ejecutivo. 2. El nivel directivo de la Conselleria de Industria y Comercio está integrado por: a) La Secretaría General. b) Las direcciones generales. 3. La Conselleria de Industria y Comercio estará integrada por las siguientes direcciones generales: a) La Dirección General de Industria y Energía. e) La Dirección General de Comercio y Consumo. 4. Adscritos a la Conselleria de Industria y Comercio y bajo la directa autoridad del conseller, se encuadran la entidad de derecho público Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA) Artículo 3 El nivel administrativo de la conselleria está integrado por el resto de unidades dependientes de los centros directivos a que se refiere el artículo anterior. Artículo 4 Territorialmente, la Conselleria de Industria y Comercio se organiza en servicios centrales y servicios territoriales. Los servicios centrales tienen competencia sobre todo el territorio de la Comunidad Valenciana. Los servicios territoriales de ámbito provincial son la expresión organizativa del principio de desconcentración que rige la actividad administrativa de la conselleria. Al frente de los servicios territoriales de cada provincia existirá un director territorial de Industria y Comercio, con dependencia orgánica del secretario general. TÍTULO II De los servicios centrales CAPÍTULO I Del conseller o la consellera Artículo 5 1. El conseller o la consellera, en su condición de máxima autoridad de la conselleria, ostenta todas las competencias inherentes a su cargo, y expresamente tiene atribuidas las siguientes funciones: a) Proponer al Gobierno Valenciano el nombramiento y cese de altos cargos del departamento. b) Preparar y presentar al Gobierno Valenciano los anteproyectos de ley, propuestas de acuerdo y proyectos de decreto relativos a las cuestiones propias del departamento, y refrendar estos últimos una vez aprobados. c) Formular motivadamente los anteproyectos de presupuesto de la conselleria. d) Ejercer la potestad reglamentarla en las materias propias de la conselleria, en forma de órdenes de la misma. e) Proponer al Gobierno Valenciano, para su aprobación, la estructura y organización de la conselleria. f) Ejecutar los acuerdos del Gobierno Valenciano en el marco de sus competencias. g) Resolver los recursos que se interpongan, contra resoluciones de los organismos o autoridades de la conselleria, salvo las excepciones establecidas en las leyes. h) Resolver los conflictos de atribuciones que surjan entre distintos órganos y autoridades de la conselleria i) Ejercer la dirección, iniciativa, inspección y demás funciones que le correspondan respecto a los organismos, entidades y...

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