DECRETO 84/2000, de 6 de junio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo. [2000/Q4699]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economia, Hacienda y Empleo
Rango de LeyDecreto

DECRETO 84/2000, de 6 de junio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo. [2000/Q4699] En fecha reciente, el presidente del Gobierno Valenciano ha establecido una nueva adscripción de competencias entre los distintos departamentos. Fruto de esta nueva distribución ha sido la acumulación en un solo departamento, el de Economía, Hacienda y Empleo, de las competencias que antes ostentaba la Conselleria de Economía y Hacienda, junto con las de fomento del empleo y economía social, formación profesional ocupacional y continua, e intermediación en el mercado de trabajo y disciplina de las relaciones socio-laborales, procedentes de la anterior Conselleria de Empleo. La gestión de todas estas competencias hace necesario el establecimiento de una nueva organización en la que bajo la jefatura superior del conseller, se establezcan los órganos previstos en la Ley de Gobierno Valenciano, de modo que la toma de decisiones se realice con agilidad y bajo el principio de especialización. Por otra parte el plan de modernización y racionalización de la administración formula proyectos de gran impacto para el ciudadano y para la propia organización de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, debido a su importante relación con el ciudadano fundamentalmente por ser competente en la gestión tributaria y fomento del empleo, y por facilitar el funcionamiento a las demás consellerias, dado su papel horizontal con relación a competencias tan relevantes como el presupuesto, la contabilidad, la tesorería, el patrimonio y la contratación. Además se hace necesario clarificar las funciones encomendadas a la Dirección General de Patrimonio, a la vista de las competencias que la normativa reguladora de la Junta Superior de Contratación Administrativa atribuye a la citada dirección general, así como en lo relativo a la organización y gestión del Parque Móvil de la Generalitat Valenciana, tras el Decreto 1/2000, de 31 de marzo, del presidente de la Generalitat Valenciana, por el que se asigna a la Conselleria de Economía y Hacienda de la Generalitat Valenciana los medios adscritos al Parque Móvil del Estado, del Ministerio de Economía y Hacienda, traspasados con efectos desde el 1 de abril de 2000, por el Real Decreto 279/2000, de 25 de febrero. Como consecuencia de la nueva estructura es necesaria una adecuación de los medios personales y materiales acorde con la reorganización, que garanticen una gestión eficaz. En consecuencia, previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 6 de junio de 2000, a propuesta del conseller de Economía, Hacienda y Empleo, y en virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 35.f, 69 y 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, DISPONGO TÍTULO I De los órganos de la conselleria DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 La Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, como departamento responsable del Gobierno Valenciano en materias de economía, hacienda, de fomento del empleo y la economía social, formación profesional, e intermediación entre la oferta y la demanda laboral, ejerce en dichas áreas las máximas competencias que legalmente tiene atribuidas, bajo la superior dirección del conseller, estructurándose en dos niveles: directivo y administrativo. Artículo 2 El conseller es la superior autoridad de la conselleria. Ostenta las competencias inherentes a su cargo y tiene atribuidas las funciones que determina el artículo 35 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano. Corresponderá al conseller resolver en última instancia los recursos administrativos que se interpongan contra resoluciones de las subsecretarías, secretaría general o de las direcciones generales, salvo las excepciones establecidas en las leyes y reglamentos. Artículo 3 1. El nivel directivo de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo queda integrado por las siguientes unidades: a) La Subsecretaría de Política Presupuestaria y Tesoro. b) La Subsecretaría de Empleo. c) La Secretaría General. d) La Dirección General de Economía. e) La Dirección General de Tributos. f) La Dirección General de Patrimonio. g) La Dirección General de Trabajo y Seguridad Laboral. h) La Dirección General de Formación e Inserción Profesional. i) La Dirección General de Intermediación Laboral. j) La Intervención General. 2. En caso de ausencia, vacante o enfermedad del conseller, y salvo lo establecido en el artículo 16.i de la Ley de Gobierno Valenciano, será sustituido en sus funciones por los subsecretarios, por el secretario general o por los directores generales, según el orden establecido en el apartado anterior. Artículo 4 Presidido por el conseller, se constituye un Consejo de Dirección formado por los subsecretarios, el secretario general, los directores generales y el interventor general. Asimismo podrán asistir aquellos responsables de órganos, servicios o unidades administrativas que el conseller estime convenientes en cada momento. Dicho Consejo de Dirección tendrá como función la asistencia al conseller en la elaboración del programa de actividades de la conselleria. Artículo 5 Directamente dependiente del conseller se encuentra el Gabinete, como órgano de apoyo, asesoramiento y asistencia inmediata al mismo, que realizará las funciones que aquél le encomiende. Artículo 6 Dentro de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, como órganos colegiados, actuarán la Comisión Técnica del Juego y la Junta Superior de Contratación Administrativa. Artículo 7 El nivel administrativo está integrado por las unidades dependientes de los centros directivos y, en su caso, directamente del conseller. TÍTULO II De la estructura y funciones de los órganos directivos CAPÍTULO I De la Subsecretaría de Política Presupuestaria y Tesoro Artículo 8 Bajo la autoridad del conseller, la Subsecretaría de Política Presupuestaria y Tesoro es el centro directivo al que corresponde la dirección, coordinación e impulso de la política presupuestaria y de gasto público de la Generalitat Valenciana, en concreto la tramitación y resolución de todos los asuntos que las disposiciones vigentes atribuyen a la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo en materia de presupuestos de la Generalitat Valenciana. Igualmente, le corresponderá a la Subsecretaría de Política Presupuestaria y Tesoro, la dirección de las nóminas de la Generalitat Valenciana, así como el ejercicio de las funciones establecidas en la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana para la Tesorería, que quedan atribuidas al Área de Tesorería dependiente de este centro directivo. La Subsecretaría de Política Presupuestaria y Tesoro ejercerá, entre otras, las siguientes funciones: a) La obtención, análisis y agregación, en su caso, de los datos, antecedentes, informes y estadísticas necesarias para la elaboración de los presupuestos de gastos...

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