DECRETO 296/1997, de 2 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el régimen de contratación de profesores especialistas. [12675]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Cultura, Educacion y Ciencia
Rango de LeyDecreto

4070 DECRETO 296/1997, de 2 de diciembre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el régimen de contratación de profesores especialistas. [97/X12675] La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, establece en su artículo 33.2 que para determinadas áreas o materias se podrá contratar, como profesores especialistas, atendiendo a su cualificación y a las necesidades del sistema, a profesionales que desarrollen su actividad en el ámbito laboral. El presente decreto desarrolla el precepto legal, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición final primera de la citada Ley Orgánica, estableciendo un marco normativo para la contratación de profesores especialistas en el ámbito educativo gestionado por la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, que dote al ordenamiento jurídico autonómico del instrumento adecuado para dar respuesta a las demandas de la nueva ordenación del sistema educativo. En este sentido, regula los requisitos que han de cumplir los profesores especialistas, el régimen de contratación, las retribuciones a percibir y las funciones a desarrollar, así como los derechos y obligaciones y las formas de extinción del contrato. Por todo ello, en virtud de las competencias otorgadas a la Generalitat Valenciana en el artículo 35 de la Ley 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, a propuesta del conseller de Cultura, Educación y Ciencia, oída la Mesa Sectorial de Educación de acuerdo con lo previsto en el artículo 32 de la Ley 9/1987, de 12 de junio, modificada por la Ley 7/1990, de 19 de julio, conforme con el Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana, y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 2 de diciembre de 1997, DISPONGO Artículo 1 La contratación de profesores especialistas, en centros públicos dependientes de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, conforme a lo previsto en el artículo 33.2 y concordantes de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y en las disposiciones que los desarrollen, se ajustará a lo dispuesto en dicha Ley, en la normativa administrativa que resulte de aplicación y en el presente Decreto. Artículo 2 1. Para impartir las enseñanzas de Formación Profesional Específica y las enseñanzas de Régimen Especial a que se...

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