DECRETO 133/2000, de 5 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional del Instituto Valenciano de la Juventud (IVAJ). [2000/Q7293]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Bienestar Social
Rango de LeyDecreto

DECRETO 133/2000, de 5 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional del Instituto Valenciano de la Juventud (IVAJ). [2000/Q7293] El 30 de diciembre de 1999, las Cortes Valencianas aprobaron la Ley 9, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana, cuyo capítulo VII modifica sensiblemente la Ley 4/1989, de 26 de junio, de la Generalitat Valenciana, de Creación del Instituto Valenciano de la Juventud (IVAJ), tanto en su redacción original como en algunas de las modificaciones introducidas por la Ley 14/1997, de 26 de diciembre, de Medidas de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana. La ley no sólo modifica la adscripción orgánica del instituto respecto a la conselleria competente del Gobierno Valenciano, sino que ha acometido las necesarias adaptaciones del régimen jurídico del instituto. Estas modificaciones hacen necesaria la aprobación de un nuevo Reglamento Orgánico y Funcional del Instituto Valenciano de la Juventud. Además, la definición de la estructura administrativa del IVAJ, que la nueva redacción del artículo 8 encomienda al desarrollo reglamentario, tiene la vocación de mejorar la eficiencia y la calidad en la prestación de servicios a los ciudadanos. En la medida en que, por mandato de la ley, este decreto tiene por objeto establecer la estructura orgánica y funcional del instituto, por simplicidad y economía administrativa se han reducido al mínimo imprescindible las cuestiones y disposiciones orgánicas y de competencias ya claramente determinadas por la propia Ley de Creación del IVAJ y que no es necesario reiterar. En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano, a propuesta del conseller de Bienestar Social y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 5 de septiembre de 2000, DISPONGO Capítulo I Órganos directivos Artículo 1. Funciones 1. A la Presidencia del IVAJ le corresponde la alta dirección del organismo, las demás funciones que puedan corresponderle por atribución legal o reglamentaria, y las propias de su condición de presidente del Consejo Rector, especialmente las de convocar sus sesiones, fijar el correspondiente orden del día, presidir sus reuniones, dirigir las deliberaciones, levantar las sesiones y visar las actas y certificaciones de los acuerdos del órgano. 2. Al Consejo Rector y a la Dirección General del IVAJ les corresponden las funciones que establece su ley de creación y aquellas otras que pudieran corresponderles por atribución legal o reglamentaria. Artículo 2. Régimen de funcionamiento del Consejo Rector El Consejo Rector ajustará su funcionamiento y el desempeño de sus funciones a lo establecido en la Ley 4/1989, de 26 de junio, de la Generalitat Valenciana, sobre el Instituto Valenciano de la Juventud, en el presente...

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